DECRETO PRESIDENCIAL N° 0906
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que la Constitución Política del Estado establece que Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías.
Que el Parágrafo I del Artículo 165 del Texto Constitucional establece que el Órgano Ejecutivo está compuesto por la Presidenta o Presidente del Estado, la Vicepresidenta o Vicepresidente del Estado y las Ministras y/o Ministros de Estado.
Que el numeral 4 del Artículo 172 de la Constitución Política del Estado, otorga al Presidente del Estado Plurinacional la atribución de dirigir la administración pública y coordinar la acción de los Ministros de Estado; asimismo, el numeral 22 del referido Artículo, le faculta a designar a las Ministras y/o Ministros de Estado.
Que el Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, establece la estructura organizativa del Órgano Ejecutivo, determina las atribuciones de la Presidenta o Presidente, Vicepresidenta o Vicepresidente y de las Ministras y Ministros, y define los principios y valores que deben conducir a los servidores públicos, de conformidad a lo establecido en la Constitución Política del Estado.
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.-
Se designa a los siguientes ciudadana y ciudadano como MINISTRA Y MINISTRO DE ESTADO, asignándoles las siguientes carteras:
Carlos Gustavo Romero Bonifaz
MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Claudia Stacy Peña Claros
MINISTRA DE AUTONOMÍAS
II. La señora Ministra y el señor Ministro designados, tomarán posesión de sus cargos en el día, en acto especial a celebrarse en Palacio de Gobierno.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de junio del año dos mil once.
FDO. EVO MORALES AYMA.
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