DECRETO PRESIDENCIAL Nº 0894
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 165 de la Constitución Política del Estado, establece que el Organo Ejecutivo está compuesto por la Presidenta o Presidente del Estado, la Vicepresidenta o Vicepresidente del Estado y las Ministras y/o Ministros de Estado.
Que el numeral 4 del Artículo 172 de la Constitución Política del Estado, otorga al Presidente del Estado Plurinacional la atribución de dirigir la Administración Pública y coordinar la acción de los Ministros de Estado; asimismo, el numeral 22 del referido Artículo, le faculta a designar a las Ministras y/o Ministros de Estado.
Que el Artículo 13 del Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009, establece la estructura organizativa del Órgano Ejecutivo compuesta por Ministras y Ministros del Estado Plurinacional de Bolivia, entre los que se encuentra la Ministra(o) de Trabajo, Empleo y Previsión Social.
Que el Artículo 85 del citado Decreto Supremo define la estructura jerárquica del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social y asimismo el Artículo 86 de la referida norma define las atribuciones de la Ministra(o) de Trabajo, Empleo y Previsión Social.
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.-
I. Se designa al ciudadano DANIEL SANTALLA TORREZ, como MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL quien tomará posesión del cargo con las formalidades de rigor, previo cumplimiento de lo establecido por Ley.
II. Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias a la presente norma.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de junio del año dos mil once.
FDO. EVO MORALES AYMA, Oscar Coca Antezana.
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