LEY Nº 759
LEY DE 17 DE NOVIEMBRE DE 2015
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. De conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I, numeral 14 de la Constitución Política del Estado, Artículo 37 de la ley N° 401 de 18 de septiembre de 2013, de Celebración de Tratados y Artículo 13 del Decreto Supremo N° 2476 de 5 de agosto de 2015, se ratifica el “Convenio de Minamata sobre Mercurio”, suscrito en Kumamoto, Estado de Japón, el 10 de octubre de 2013.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los diez días del mes de noviembre del año dos mil quince.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rubén Medinaceli Ortiz, María Argene Simoni Cuellar, Nelly Lenz Roso, A. Claudia Tórrez Díez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil quince.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Sánchez Fernández, Félix Cesar Navarro Miranda, Ariana Campero Nava, Cesar Hugo Cocarico Yana.
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