LEY Nº 501
LEY DE 24 DE FEBRERO DE 2014
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo 1. Se declara Héroe y Heroína Nacional a Tomás Katari y Kurusa Llawi.
Artículo 2. En
homenaje y reconocimiento histórico, el Órgano Ejecutivo a través de
los Ministerios de Culturas y Turismo, y de Educación, el Gobierno
Autónomo Departamental de Potosí y los Gobiernos Autónomos Municipales
de Potosí, de acuerdo a sus competencias, implementarán políticas
públicas de recuperación histórica de Tomás Katari y Kurusa Llawi, para
su promoción y difusión con fines educativos y culturales.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los dieciocho días del mes de febrero del año dos mil catorce.
Fdo. Eugenio Rojas Apaza, Marcelo William Elío Chávez, Marcelo E.
Antezana Ruiz, Roxana Camargo Fernández, Nelson Virreira Meneces, Ángel
David Cortés Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de febrero del año dos mil catorce.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan
Ramón Quintana Taborga, Roberto Iván Aguilar Gómez, Claudia Stacy Peña
Claros, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres.
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