LEY Nº 578
LEY DE 10 DE OCTUBRE DE 2014
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo 1. Se declara el 12 de enero de cada año, “Día Nacional del Turismo en Bolivia”.
Artículo 2. Las
instancias competentes del Órgano Ejecutivo y las entidades
territoriales autónomas, en coordinación con las instituciones públicas y
privadas, implementarán programas y actividades de promoción turística
para la conmemoración de dicha fecha.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los veintitrés días del mes de septiembre del año dos mil catorce.
Fdo. Eugenio Rojas Apaza, Quintín Quispe Chura, Efraín Condori Lopez, Roxana Camargo Fernández, Carlos Aparicio Vedia, Nelson Virreira Meneces.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de octubre del año dos mil catorce.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres.
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