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lunes, 1 de noviembre de 2021

DECRETO PRESIDENCIAL N° 4571 - Se abroga el Decreto Presidencial N° 4461, de 2 de febrero de 2021, Concesión de Amnistía e Indulto por Razones Humanitarias y Perseguidos Políticos.

 DECRETO PRESIDENCIAL N° 4571

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el numeral 1 del Artículo 9 de la Constitución Política del Estado, determina que son fines y funciones esenciales del Estado, además de los que establece la Constitución y la Ley, el constituir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonización, sin discriminación, ni explotación, con plena justicia social, para consolidar las identidades plurinacionales.

Que el numeral 14 del Artículo 172 del Texto Constitucional, establece que es atribución de la Presidenta o del Presidente del Estado, decretar amnistía o indulto, con la aprobación de la Asamblea Legislativa Plurinacional.

Que el Decreto Presidencial N° 4461, de 2 de febrero de 2021, tiene por objeto conceder amnistía e indulto por razones humanitarias, así como establecer los requisitos y regular su procedimiento.

Que la Defensoría del Pueblo, mediante Informe Defensorial sobre el Análisis del Decreto Presidencial N° 4461, recomienda efectuar correcciones necesarias a la referida norma.

Que de acuerdo a los principios de nuestra institucionalidad democrática y la Constitución Política del Estado, se emite el presente Decreto Presidencial.

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.-
Se abroga el Decreto Presidencial N° 4461, de 2 de febrero de 2021, Concesión de Amnistía e Indulto por Razones Humanitarias y Perseguidos Políticos.

DISPOSICIONES FINALES

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.-
El presente Decreto Presidencial entrará en vigencia a partir de su publicación, previa aprobación por la Asamblea Legislativa Plurinacional.

Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil veintiuno.

Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada, Carlos Eduardo Del Castillo Del Carpio, Manolo Lima Magne.

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