DECRETO PRESIDENCIAL N° 1869
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que la Constitución Política del Estado, determina que Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías.
Que el Parágrafo I del Artículo 165 del Texto Constitucional, establece que el Órgano Ejecutivo está compuesto por la Presidenta o Presidente del Estado, la Vicepresidenta o Vicepresidente del Estado y las Ministras y/o Ministros de Estado.
Que los numerales 4 y 22 del Artículo 172 de la Constitución Política del Estado, disponen que es atribución del Presidente del Estado Plurinacional, entre otros, dirigir la administración pública y coordinar la acción de los Ministros de Estado; y designar a las Ministras y a los Ministros de Estado.
Que el Artículo 13 del Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, determina la estructura organizativa del Órgano Ejecutivo compuesta por Ministras y Ministros del Estado Plurinacional de Bolivia. Asimismo, los Decretos Supremos N° 0793, de 15 de febrero de 2011 y N° 1868, de 22 de enero de 2014, crean los Ministerios de Comunicación y Deportes respectivamente, estableciendo su estructura y atribuciones.
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.-
I. Se designa a las siguientes ciudadanas y ciudadanos como MINISTRAS Y MINISTROS DE ESTADO, asignándoles las siguientes carteras:
David Choquehuanca Céspedes
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
Juan Ramón Quintana Taborga
MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Carlos Gustavo Romero Bonifaz
MINISTRO DE GOBIERNO
Rubén Aldo Saavedra Soto
MINISTRO DE DEFENSA
Elba Viviana Caro Hinojosa
MINISTRA DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO
Luís Alberto Arce Catacora
MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
Juan José Hernando Sosa Soruco
MINISTRO DE HIDROCARBUROS Y ENERGÍA
Ana Teresa Morales Olivera
MINISTRA DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMÍA PLURAL
Arturo Vladimir Sánchez Escobar
MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA
Mario Virreira Iporre
MINISTRO DE MINERÍA Y METALURGIA
Elizabeth Sandra Gutiérrez Salazar
MINISTRA DE JUSTICIA
Daniel Santalla Torrez
MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL
Juan Carlos Calvimontes Camargo
MINISTRO DE SALUD
José Antonio Zamora Gutiérrez
MINISTRO DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA
Roberto Iván Aguilar Gómez
MINISTRO DE EDUCACIÓN
Nemesia Achacollo Tola
MINISTRA DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS
Claudia Stacy Peña Claros
MINISTRA DE AUTONOMÍAS
Nardy Suxo Iturry
MINISTRA DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN
Pablo Cesar Groux Canedo
MINISTRO DE CULTURAS Y TURISMO
Amanda Dávila Torres
MINISTRA DE COMUNICACIÓN
Tito Rolando Montaño Rivera
MINISTRO DE DEPORTES
II. Las señoras Ministras y señores Ministros designados, tomarán posesión de sus cargos en el día, en acto especial a celebrarse en Palacio de Gobierno.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil catorce.
FDO. EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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