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viernes, 18 de junio de 2021

DECRETO SUPREMO N°1021 - Se autoriza a la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA incrementar la subpartida 25230 “Auditorías Externas” en Bs400.000.-

 DECRETO SUPREMO N°1021

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que el Parágrafo II del Artículo 16 de la Constitución Política del Estado, señala que el Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad alimentaria, a través de una alimentación sana, adecuada y suficiente para toda la población.

 

Que el Decreto Supremo N° 29230, de 15 de agosto de 2007, crea la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA, como Empresa Pública, con Personería Jurídica y patrimonio propio, bajo tuición del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente.

 

Que el Decreto Supremo N° 29710, de 17 de septiembre de 2008, que modifica los Artículos 1, 2, 3 y 7 del Decreto Supremo N° 29230, señala que EMAPA funcionará bajo tuición del Ministerio de Producción y Microempresa, actual Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural.

 

Que el Artículo 30 de la Ley N° 062, de 28 de noviembre de 2010, del Presupuesto General del Estado - Gestión 2011, establece que en los casos que no correspondan a contraparte nacional, la inscripción y/o incremento de presupuesto en las partidas 25200 “Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión No Capitalizables” y Subgrupo 46000 “Estudios y Proyectos para Inversión” deberá aprobarse mediante Decreto Supremo específico.

 

Que con el fin de realizar el seguimiento y control a las actividades realizadas, EMAPA tiene prevista la realización de una Auditoría Externa a los Estados Financieros de la gestión 2010, en cumplimiento a las normas contables e impositivas vigentes.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza a la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA incrementar la subpartida 25230 “Auditorías Externas” en Bs400.000.- (CUATROCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), financiados con fuente 20 “Recursos Específicos” a través de un traspaso intrainstitucional afectando la subpartida 34110 “Combustibles, Lubricantes y Derivados para Consumo”, para la realización de la Auditoría Externa a los Estados Financieros de la gestión 2010.

 

La señora Ministra de Estado en el Despacho de Desarrollo Productivo y Economía Plural, queda encargada de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno, de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil once.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Carlos Romero Bonifaz, Wilfredo Franz David Chávez Serrano, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luís Alberto Arce Catacora, José Luís Gutiérrez Pérez, Ana Teresa Morales Olivera, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Daniel Santalla Torrez, Nila Heredia Miranda, Julieta Mabel Monje Villa, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Elizabeth Cristina Salguero Carrillo MINISTRA DE CULTURAS E INTERINA DE EDUCACIÓN, Iván Jorge Canelas Alurralde.

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