DECRETO SUPREMO N° 1897
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Parágrafo I del Artículo 251 de la Constitución Política del Estado, determina que la Policía Boliviana, como fuerza pública, tiene la misión específica de la defensa de la sociedad y la conservación del orden público y el cumplimiento de las leyes en todo el territorio boliviano.
Que el Artículo 252 del Texto Constitucional, establece que las Fuerzas de la Policía Boliviana dependen de la Presidenta o del Presidente del Estado por intermedio de la Ministra o Ministro de Gobierno.
Que el Artículo 11 de la Ley N° 734, de 8 de abril de 1985, Orgánica de la Policía Nacional, dispone que el Comando General de la Policía Nacional actual Policía Boliviana, es el órgano máximo de dirección, administración y decisión.
Que el inciso a) del Parágrafo I del Artículo 180 del Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, dentro del Subsistema de Disposición de Bienes, señala que el análisis de conveniencia administrativa debe considerar la no utilización del bien.
Que conforme a lo precedente y con la finalidad de viabilizar la disposición de los bienes inmuebles entre entidades públicas, es necesario la aprobación de una norma de igual jerarquía al Decreto Supremo N° 0181.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.-
I. Se autoriza al Ministerio de Gobierno y a la Policía Boliviana la transferencia definitiva de bienes inmuebles, de acuerdo al siguiente detalle:
Se autoriza al Ministerio de Gobierno transferir a favor de la Policía Boliviana, el bien inmueble ubicado en la Av. Arce Nº 2408 de la ciudad de La Paz, registrado en Derechos Reales conforme el Folio Real Nº 2.01.0.99.0181519, conforme a aclaración de superficie en un porcentaje de 56,26% establecida en Escritura Pública N° 377, de 13 de junio de 2013, con destino a la construcción del Nuevo Comando General de la Policía Boliviana;
Se autoriza a la Policía Boliviana a través del Comando General de la Policía Boliviana, transferir a favor del Ministerio de Gobierno, el bien inmueble ubicado en la Av. 20 de Octubre Nº 2545 de la ciudad de La Paz, con una superficie de 1.357,33 m2, registrado en Derechos Reales conforme el Folio Real con Matrícula Nº 2.01.0.99.0150038, para el desarrollo de sus funciones.
II. El Ministerio de Gobierno y la Policía Boliviana, dentro del rango de negociación efectuada entre ambas entidades, no solicitarán ni reconocerán monto adicional alguno sobre el valor que les corresponde a las edificaciones en el estado actual de los mismos.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Gobierno, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de febrero del año dos mil catorce.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Rubén Aldo Saavedra Soto MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE GOBIERNO, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Mario Virreira Iporre, Elizabeth Sandra Gutierrez Salazar, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, José Antonio Zamora Gutiérrez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres, Tito Rolando Montaño Rivera.
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