LEY Nº 411
LEY DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2013
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo 1. Se
declara patrimonio cultural, histórico y arqueológico del pueblo
Boliviano, a las pinturas rupestres de Rumi Plaza, ubicado en la
comunidad Huari Pucara del Municipio de Tiquipaya del Departamento de
Cochabamba.
Artículo 2. El
Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Culturas y Turismo, el
Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba y el Gobierno Autónomo
Municipal de Tiquipaya, de acuerdo a sus competencias, implementarán
proyectos y políticas públicas para la investigación, restauración,
preservación, protección, promoción y difusión de los grabados rupestres
de Rumi Plaza, con fines educativos, históricos y turísticos.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los doce días del mes de septiembre del año dos mil trece.
Fdo.
Lilly Gabriela Montaño Viaña, Betty Asunta Tejada Soruco, Andrés
Agustín Villca Daza, Claudia Jimena Torres Chávez, Marcelo Elío Chávez,
Angel David Cortéz Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de septiembre del año dos mil trece.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Claudia Stacy Peña Claros, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres.
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