LEY Nº 412
LEY DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2013
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo 1. Declárase
Patrimonio Cultural Material del Estado Plurinacional de Bolivia, al
monumento “El Cristo Redentor”, ubicado en el Departamento de Santa
Cruz, que simboliza la paz, unidad, solidaridad y hospitalidad.
Artículo 2.
El Ministerio de Culturas y Turismo, queda encargado del registro,
catalogación y emisión del certificado de Patrimonio Cultural Material
de “El Cristo Redentor”.
Artículo 3.
El Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado, en coordinación con
las Entidades Territoriales Autónomas, priorizarán la protección,
conservación y promoción de “El Cristo Redentor”.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los diecinueve días del mes de septiembre del año dos mil trece
Fdo.
Nélida Sifuentes Cueto, Yusser Rolando Villarroel Garviso, Andrés
Agustín Villca Daza, Marcelina Chávez Salazar, Marcelo Elío Chávez,
Angel David Cortéz Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de septiembre del año dos mil trece.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Claudia Stacy Peña Claros, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres.
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