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lunes, 29 de junio de 2020

LEY N° 1308 - Se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un bien inmueble de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Caranavi, con una superficie de 1.190,00 metros cuadrados (m²), ubicado en la Urbanización Las Palmeras

LEY N° 1308
LEY DE 29 DE JUNIO DE 2020
JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un bien inmueble de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Caranavi, con una superficie de 1.190,00 metros cuadrados (m²), ubicado en la Urbanización Las Palmeras, Manzano C, Lote N° 9, del Municipio de Caranavi, Provincia Caranavi del Departamento de La Paz, registrado en las oficinas de Derechos Reales de Caranavi bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 2.20.1.01.0002457, cuyas colindancias son: Al Norte, con calle sin nombre; al Sur, con calle sin nombre; al Este, con la Avenida 6 de Agosto; al Oeste, con el Lote 04 y el Lote 08; a favor de la Defensoría del Pueblo, con destino exclusivo para el funcionamiento de esta institución, de conformidad a la Ley Autonómica Municipal N° 12/2019, promulgada el 20 de mayo de 2019 por el Gobierno Autónomo Municipal de Caranavi.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil veinte.
Fdo. Mónica Eva Copa Murga, Simón Sergio Choque Siñani, Noemí Natividad Díaz Taborga, Rosario Rodríguez Cuellar, Sandra Cartagena Lopez, Nelly Lenz Roso.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de junio del año dos mil veinte.

FDO. JEANINE AÑEZ CHAVEZ, Yerko M. Núñez Negrette, Alvaro Eduardo Coimbra Cornejo.

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