LEY Nº 373
LEY DE 13 DE MAYO DE 2013
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único.
I.
De conformidad a lo establecido en el Artículo 158, Parágrafo I
Numeral 10, de la Constitución Política del Estado, se aprueba el
Contrato de Préstamo N° 2828/BL-BO, suscrito entre el Estado
Plurinacional de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID,
en fecha 27 de febrero de 2013, por un monto de hasta US$40.000.000.-
(CUARENTA MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados a
financiar el Programa “Apoyo a la Educación Secundaria
Comunitaria-Productiva”.
II.
Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través
del Tesoro General de la Nación, asumir el repago de las obligaciones
que sean contraídas en la ejecución del mencionado contrato de préstamo
aprobado por la presente Ley.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los veintinueve días del mes de abril del año dos mil trece.
Fdo.
Lilly Gabriela Montaño Viaña, Betty Asunta Tejada Soruco, Andrés
Agustín Villca Daza, Marcelina Chavez Salazar, Marcelo Elío Chávez,
Angel David Cortez Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de mayo del año dos mil trece.
FDO. EVO MORALES AYMA, David
Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Elba Viviana Caro
Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Roberto Iván Aguilar Gómez, Amanda
Dávila Torres.
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