EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA: Artículo Único.
I. | De conformidad a lo establecido en la atribución 10ª del parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado,
se aprueba el Convenio de Financiamiento 5170-BO, suscrito entre el
Estado Plurinacional de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento
- AIF del Banco Mundial, en fecha 12 de diciembre de 2012, por la suma
de hasta DEGs 32.900.000.- (TREINTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS MIL
00/100 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO), equivalentes a $us50.000.000.-
(CINCUENTA MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados a
financiar el "Proyecto de Alianzas Rurales II - PAR II". |
II. | Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación, asumir el repago de las obligaciones que sean contraídas en la ejecución del mencionado Convenio de Financiamiento aprobado por la presente Ley. |
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