LEY Nº 353
LEY DE 23 DE MARZO DE 2013
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único.
I. Se
autoriza al Órgano Ejecutivo el Retiro de la Reserva efectuada al
Artículo VI del “Tratado Americano de Soluciones Pacíficas – Pacto de
Bogotá”, formulada por el Estado Boliviano en sujeción a la Ley N° 103
de 7 de abril de 2011.
II. A
la conclusión del trámite descrito precedentemente, de conformidad con
la atribución prevista en el Artículo 158, Parágrafo I, Numeral 14, de
la Constitución Política del Estado se ratifica en su integridad el
texto del “Tratado Americano de Soluciones Pacíficas – Pacto de Bogotá”.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Única. Se deroga el Artículo 2 de la Ley N° 103 de 7 de abril de 2011.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los veintiún días del mes de marzo del año dos mil trece.
Fdo.
Lilly Gabriela Montaño Viaña, Betty Asunta Tejada Soruco, Andrés
Agustín Villca Daza, Marcelina Chavez Salazar, Galo Silvestre Bonifaz,
Ángel David Cortéz Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de marzo del año dos mil trece.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Amanda Dávila Torres.
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