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viernes, 13 de septiembre de 2019

LEY Nº 151 - “DECLARASE PATRIMONIO CULTURAL TIWANACOTA DEL SUYU INGAVI DE MARKAS, AYLLUS Y COMUNIDADES ORIGINARIAS”

LEY Nº 151
LEY DE 11 DE JULIO DE 2011

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:


LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,


D E C R E T A:


“DECLARASE PATRIMONIO CULTURAL TIWANACOTA
DEL SUYU INGAVI DE MARKAS, AYLLUS
Y COMUNIDADES ORIGINARIAS”

Artículo 1. Se declara Patrimonio Cultural a los Símbolos de Markas, Ayllus y Comunidades Originarias:

  1. La Qhawa: Escudo protector del guerrero Aymara que lleva la cara del Tata Willka (padre sol); simboliza la tenacidad y rudeza.
  2. La Cruz Chacana: Símbolo de la cosmovisión indígena que representa a las cuatro estrellas de la Cruz del Sur; simboliza la relación del hombre andino con los astros.
  3. Q´uchu Kunturi Pasa: Himno sagrado de los pueblos originarios; simboliza los sentimientos e ideologías.
  4. El Puma: Mamìfero felino que en la región andina boliviana representa a la autoridad Mallku; simboliza la agilidad, astucia y sagacidad.
  5. Katari: Serpiente de la región andina; simboliza el coraje y la valentía del hombre aymara.
  6. Kunturi-Mallku: Cóndor, ave poderosa y gigante de vuelo alto; simboliza la máxima autoridad del hombre andino.
  7. Wari: Camélido originario de la región andina, denominado Vicuña; simboliza el hábitat ancestral en las llanuras de los altos andes.
  8. Suri: Ave denominada avestruz, que en la región andina boliviana; simboliza la velocidad y sagacidad.

Artículo 2.

I. Se declara patrimonio cultural a los símbolos de la autoridad originaria “Mallku” del Suyu Ingavi de Markas, Ayllus y Comunidades Originarias, identidad que se utiliza durante el mandato de la Autoridad Originaria “Mallku”:

  1. El Poncho Wayruru: De colores rojo y negro, denominado “wayruru”; simboliza protección, bajo el poncho del Mallku Kunturi.
  2. Rimanusa: Chalina de color vicuña, con motivaciones tiwanacotas y wiphala; simboliza la madurez personal y moral del Mallku o Qamani.
  3. Lluchu: Gorro multicolor; simboliza equilibrio mental y madurez en sus pensamientos.
  4. Chu´tuku: Sombrero de color oscuro o negro; simboliza la personalidad madura de la autoridad Mallku.
  5. Surixawa: Chicote de cuero trenzado con mango de chima plateado; simboliza el poder y justicia de la autoridad.
  6. Chuspa: Bolsón tejido de lanas multicolores; simboliza amistad en el intercambio de ideas.
  7. Riyachimo: Cargamento de aguayo multicolor atado a la espalda; simboliza la suficiente abundancia de alimentos para el pueblo.
  8. Chacana: Cruz que lleva en su collar; simboliza la dirección del hombre andino con los astros y el espacio cósmico.
  9. Champi: Bastón de mando con anillas plateadas y un cintillo de color según el grado; simboliza la categoría y jerarquía, que utiliza la autoridad en actos de relevancia.

II. Se declara Patrimonio Cultural a los Símbolos de la Autoridad Originaria “Mallku Tayka” del Suyu Ingavi de Markas, Ayllus y Comunidades Originarias, identidad que se utiliza durante el mandato de la Autoridad Originaria “Mallku Tayka”:

  1. Riwusu: Tejido de lana multicolor; simboliza protección bajo la manta de la Mallku Tayka.
  2. Chutuku: Sombrero de color oscuro o montera negra; simboliza la personalidad de la autoridad femenina.
  3. Q´urawa: Honda que se lleva ceñida a la cintura o en la espalda; simboliza la oportuna defensa.
  4. Tarilla o Ystalla: Prenda tejida de lana multicolor; simboliza amistad en el intercambio de ideas.
  5. Awayu: Es atado multicolor que sirve para llevar su cargamento; significa abundancia.

Artículo 3. El Estado, a través del Órgano Ejecutivo, Gobierno Autónomo Departamental, Gobiernos Autónomos Municipales, Gobiernos Autónomos Indígenas Originarios Campesinos, deberá promover políticas culturales y turísticas con la finalidad de rescatar y desarrollar las potencialidades de las Markas, Ayllus y Comunidades Originarias del Suyu Ingavi.

Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veinte días del mes de junio de dos mil once años.

Fdo. Martha Poma Luque, Flora Aguilar Fernández, Zonia Guardia Melgar, Carmen García M., Agripina Ramírez Nava, Esteban Ramírez Torrico.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes julio de dos mil once años.



FDO. EVO MORALES AYMA, Carlos Romero Bonifaz, Nilda Copa Condori, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Elizabeth Cristina Salguero Carrillo. 

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