LEY N° 1224
LEY DE 5 DE SEPTIEMBRE DE 2019
LEY DE 5 DE SEPTIEMBRE DE 2019
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 9.800,00 metros cuadros (m²) de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Quijarro, ubicado en la zona Nor Oeste, Categoría “C”, Barrio San Jorge, Manzano N° 61, del Municipio de Puerto Quijarro, Provincia Germán Busch del Departamento de Santa Cruz, registrado en las oficinas de Derechos Reales de la Provincia Germán Busch del Departamento de Santa Cruz, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 7.14.2.01.0000653, cuyas colindancias son: Al Norte, con la calle C-2; al Sur, con la calle C-3; al Este, con la calle San José; y al Oeste, con la calle Santiago; a favor de la Caja Nacional de Salud, de conformidad a la Ley Autonómica Municipal GAMPQ N° 093, promulgada el 12 de diciembre de 2018 por el Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Quijarro, con destino exclusivo para la construcción de un “Centro de Atención Integral de Salud de Especialidad”, en el marco del Convenio Interinstitucional suscrito en fecha 31 de mayo de 2019, entre la Caja Nacional de Salud y el Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Quijarro.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil diecinueve.
Fdo. Adriana Salvatierra Arriaza, Víctor Ezequiel Borda Belzu, Víctor Hugo Zamora Castedo, Eliana Mercier Herrera, Sandra Cartagena López, Norman Lazarte Calizaya.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Lilly Gabriela Montaño Viaña.
ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 9.800,00 metros cuadros (m²) de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Quijarro, ubicado en la zona Nor Oeste, Categoría “C”, Barrio San Jorge, Manzano N° 61, del Municipio de Puerto Quijarro, Provincia Germán Busch del Departamento de Santa Cruz, registrado en las oficinas de Derechos Reales de la Provincia Germán Busch del Departamento de Santa Cruz, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 7.14.2.01.0000653, cuyas colindancias son: Al Norte, con la calle C-2; al Sur, con la calle C-3; al Este, con la calle San José; y al Oeste, con la calle Santiago; a favor de la Caja Nacional de Salud, de conformidad a la Ley Autonómica Municipal GAMPQ N° 093, promulgada el 12 de diciembre de 2018 por el Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Quijarro, con destino exclusivo para la construcción de un “Centro de Atención Integral de Salud de Especialidad”, en el marco del Convenio Interinstitucional suscrito en fecha 31 de mayo de 2019, entre la Caja Nacional de Salud y el Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Quijarro.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil diecinueve.
Fdo. Adriana Salvatierra Arriaza, Víctor Ezequiel Borda Belzu, Víctor Hugo Zamora Castedo, Eliana Mercier Herrera, Sandra Cartagena López, Norman Lazarte Calizaya.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Lilly Gabriela Montaño Viaña.
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