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domingo, 10 de enero de 2021

LEY Nº 731 - Se aprueba el Acuerdo de Préstamo N° 1653P suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Fondo OPEC para el Desarrollo Internacional – OFID, en fecha 7 de julio de 2015, por un monto de hasta US$70.000.000.-

 LEY Nº 731

LEY DE 09 DE SEPTIEMBRE DE 2015

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

Artículo Único.

I. De conformidad a lo establecido en el Artículo 158, Parágrafo I numeral 10, de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Acuerdo de Préstamo N° 1653P suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Fondo OPEC para el Desarrollo Internacional – OFID, en fecha 7 de julio de 2015, por un monto de hasta US$70.000.000.- (SETENTA MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), para el cofinanciamiento del “Proyecto Construcción de la Carretera Villa Granado – Puente Taperas – La Palizada”.

II. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación - TGN, asumir el repago de las obligaciones que sean contraídas en la ejecución del mencionado Acuerdo de Préstamo N° 1653P, aprobado por la presente Ley.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los tres días del mes de septiembre del año dos mil quince.

Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rubén Medinaceli Ortiz, María Argene Simoni Cuellar, Nelly Lenz Roso, A. Claudia Torrez Diez.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de septiembre del año dos mil quince.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE PLANIFICACION DEL DESARROLLO, Luis Alberto Arce Catacora, Milton Claros Hinojosa.

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