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sábado, 23 de enero de 2021

DECRETO SUPREMO N° 0345 - Se designa al ciudadano EMILIO RODAS PANIQUE, como MIEMBRO DEL DIRECTORIO DE LA EMPRESA SIDERÚRGICA DEL MUTÚN – ESM

 DECRETO SUPREMO N° 03459592

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que el Decreto Supremo N° 28473, de 2 de diciembre de 2005, ordena en un texto único las disposiciones legales relativas al desarrollo del Polo del Sudeste Boliviano y crea la Empresa Siderúrgica del Mutún, encargada de la dirección y administración de la exploración, explotación, fundición, industrialización, comercialización y transporte de los minerales de los Yacimientos del Mutún y circundantes.

 

Que el Artículo 1 de la Ley Nº 3790, de 24 de noviembre de 2007, refrenda la creación de la Empresa Siderúrgica del Mutún – ESM, efectuada mediante Decreto Supremo Nº 28473, como empresa pública, bajo tuición del Ministerio de Minería y Metalurgia, para desarrollar las funciones descritas en el Párrafo precedente, pudiendo suscribir, en representación del Estado Boliviano, contratos de acuerdo a Ley y diseñar e implementar emprendimientos productivos propios.

 

Que el Artículo 3 de la precitada Ley, establece que la ESM estará dirigida y representada por un Presidente Ejecutivo, designado por el Presidente de la República de la terna elevada por la Honorable Cámara de Diputados, y contará con un Directorio compuesto por el Presidente Ejecutivo y siete (7) representantes, de los cuales tres (3) son del Poder Ejecutivo actual Órgano Ejecutivo designados por Decreto Supremo.

 

Que en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, corresponde designar a uno de los representantes del Órgano Ejecutivo como miembro del Directorio de la ESM, con el propósito de dar continuidad a las labores de la citada Empresa.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.-

I. Se designa al ciudadano EMILIO RODAS PANIQUE, como MIEMBRO DEL DIRECTORIO DE LA EMPRESA SIDERÚRGICA DEL MUTÚN – ESM, en representación del Órgano Ejecutivo.

 

II. Se abroga el Decreto Supremo N° 0105, de 30 de abril de 2009.

 

El señor Ministro de Estado, en el Despacho de Minería y Metalurgia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

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