LEY Nº 760
LEY DE 17 DE NOVIEMBRE DE 2015
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I numeral 13, de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación, a título oneroso, de treinta (30) lotes de terreno de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, ubicados dentro del polígono de la planimetría remodelación “Alto Plan Autopista”, situado en el Macrodistrito N° 3, Distrito 11, de la zona Alto Achachicala, registrado en las oficinas de Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada N° 2.01.0.99.0023954, Asiento A-1, de conformidad a la Ordenanza Municipal N° 94/2010 del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, a favor de los siguientes beneficiarios:
N° |
Manzana |
Nº de Lote |
Superficie Sujeta a Venta Extraordinaria |
Beneficiarios |
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A
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B
B
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Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los once días del mes de noviembre del año dos mil quince.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña. Rubén Medinaceli Ortiz, María Argene Simoni Cuellar, Claudia Tórrez Diez, Ginna María Torrez Saracho.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil quince.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Hugo José Siles Nuñez del Prado.
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