LEY Nº 386
LEY DE 2 DE JULIO DE 2013
ÁLVARO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
Artículo Único. Se
aprueba el Contrato de Asociación DGAJ-CTTO.MIN-094/2013, de fecha 22
de abril de 2013, en los términos de su redacción contenida en treinta y
siete cláusulas, suscrito entre la Corporación Minera de Bolivia –
COMIBOL, la Sociedad Minera Illapa S.A. y la Empresa Minera Sinchi Wayra
S.A., destinados a desarrollar e implementar operaciones mineras para
el tratamiento de las reservas y recursos mineralógicos existentes en
las minas de Bolivar y Porco que se hallan ubicadas en los departamentos
de Oruro y Potosí, respectivamente, bajo la modalidad de Contrato de
Asociación para la prospección, exploración, explotación, beneficio y
comercialización de concentrados de minerales.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los veintiséis días del mes de junio del año dos mil trece.
Fdo.
Lilly Gabriela Montaño Viaña, Lucio Marca Mamani, Andrés Agustín Villca
Daza, Marcelina Chávez Salazar, Galo Silvestre Bonifaz, Angel David
Cortéz Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Pazña, Provincia Poopó del Departamento de Oruro, a los dos días del mes de julio del año dos mil trece.
FDO. ÁLVARO GARCÍA LINERA PRESIDENTE
EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, Juan Ramón Quintana
Taborga, Mario Virreira Iporre, Amanda Dávila Torres.
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