LEY Nº 394
LEY DE 26 DE AGOSTO DE 2013
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo 1. Se declara el día 15 de mayo de cada año, como “Día de las Familias”, en el Estado Plurinacional de Bolivia.
Artículo 2.
El Ministerio de Educación, incluirá en el calendario cívico escolar el
“Día de las Familias” e implementará actividades de sensibilización y
concientización en su conmemoración.
Artículo 3.
El Ministerio de Culturas y Turismo, y las entidades territoriales
autónomas, en coordinación con instituciones públicas y privadas,
implementarán programas de sensibilización, concientización y promoción a
la protección de las familias.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los quince días del mes de agosto del año dos mil trece.
Fdo.
Nélida Sifuentes Cueto, Betty Asunta Tejada Soruco, Andrés Agustín
Villca Daza, Claudia Jimena Torres Chávez, Marcelo Elío Chávez, Angel
David Cortéz Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil trece.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan
Ramón Quintana Taborga, Roberto Iván Aguilar Gómez, Claudia Stacy Peña
Claros, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres.
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