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lunes, 29 de junio de 2020

LEY N° 1306 - , se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un bien inmueble de patrimonio institucional, establecimiento de salud de Tercer Nivel denominado “Hospital San Juan de Dios”

LEY N° 1306
LEY DE 29 DE JUNIO DE 2020
JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente  Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un bien inmueble de patrimonio institucional, establecimiento de salud de Tercer Nivel denominado “Hospital San Juan de Dios”, de Propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, con una superficie total de 19.071,956 metros cuadrados (m²), ubicado en la calle Cuellar, Zona Central, UV ZC, Manzano 105 del Distrito Municipal Nº 11 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Provincia Andrés Ibáñez del Departamento de Santa Cruz, registrado en oficinas de Derechos Reales de Santa Cruz, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada Nº 7.01.1.99.0103818, cuyas colindancias son: Al Norte, con la calle Rafael Peña; al Sur, con la calle Cuellar; al Este, con la Calle España; y al Oeste, con la Maternidad “Percy Boland” y el Banco de Sangre; a favor del Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz, de conformidad a lo establecido en la Ley Municipal Autonómica GMASCS Nº 005/2013 de 31 de mayo de 2013 y la Resolución Municipal R.M. 263/2017-2018, emitidas por el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los quince días del mes de junio del año dos mil veinte.
Fdo. Mónica Eva Copa Murga, Simón Sergio Choque Siñani, Noemí Natividad Díaz Taborga, Rosario Rodríguez Cuellar, Sandra Cartagena Lopez, Nelly Lenz Roso.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de junio del año dos mil veinte.

FDO. JEANINE AÑEZ CHAVEZ, Yerko M. Núñez Negrette, María Eidy Roca de Sangüesa.

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