LEY Nº 340
LEY DE 5 DE FEBRERO DE 2013
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo 1. Se declara al Carnaval Cruceño denominado “FIESTA GRANDE” de las cruceñas y los cruceños, Patrimonio Cultural del Estado Plurinacional de Bolivia, como expresión viva y de salvaguarda de los valores de las culturas tradicionales y populares, así como sus vestimentas, danzas, música, mitos, costumbres tradicionales y folklore, que le otorgan identidad nacional y su significativa importancia social y económica para el Departamento de Santa Cruz y el Estado Plurinacional de Bolivia.
Artículo 2.
Se deberán establecer medidas e implementar políticas
interinstitucionales públicas y privadas para proteger, preservar,
promocionar y fortalecer al Carnaval Cruceño, “FIESTA GRANDE”, como
manifestación tradicional, popular y actividad turística y económica de
interés nacional. Las Entidades Territoriales Autónomas establecerán
mecanismos para su regulación y normas necesarias para evitar su
apropiación, distorsión y destrucción, en el marco de sus competencias.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los cuatro días del mes de febrero del año dos mil trece.
Fdo.
Lilly Gabriela Montaño Viaña, Betty Asunta Tejada Soruco, Andrés
Agustín Villca Daza, Marcelina Chavez Salazar, Galo Silvestre Bonifaz,
Angel David Cortéz Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Ciudad de Santa Cruz, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil trece.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Claudia Stacy Peña Claros, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres.
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