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jueves, 29 de agosto de 2019

DECRETO SUPREMO N° 3895 - Autorizar al Ministerio de Medio Ambiente y Agua, el incremento de la subpartida de Consultorías por Producto para la realización de la Auditoría Ambiental por Peligro Inminente del “Relleno Sanitario Nuevo Jardín”

DECRETO SUPREMO N° 3895
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 321 de la Constitución Política del Estado, determina que la administración económica y financiera del Estado y de todas las entidades públicas se rige por su presupuesto.
Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, establece que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.
Que el Artículo 24 de la Ley Nº 1333, de 27 de abril de 1992, señala que se entiende por Evaluación de Impacto Ambiental – EIA, al conjunto de procedimientos administrativos, estudios y sistemas técnicos, que permiten estimar los efectos que la ejecución de una determinada obra, actividad o proyecto puedan causar sobre el medio ambiente.
Que el Parágrafo I del Artículo 6 de la Norma Complementaria que modifica el Título V, Capítulo III del Reglamento de Prevención y Control Ambiental, Artículo 58 del Reglamento General de Gestión Ambiental aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 24176 de 8 de diciembre de 1995 y los Artículos 3 al 7 del Decreto Supremo N° 26705 de 10 de julio de 2002, aprobado por Decreto Supremo N° 28499, de 10 de diciembre de 2005, dispone que las Auditorías Ambientales de control de calidad ambiental, se realizan a requerimiento de la Autoridad Ambiental Competente – AAC, por Contingencia, por Peligro Inminente o de Control de Calidad Ambiental descritos en el Artículo 7 de la citada norma complementaria, constituyéndose en un instrumento de control de la calidad ambiental, que lleva a la verificación del grado de cumplimiento de disposiciones legales, políticas ambientales y/o prácticas aceptadas. 
Que el inciso d) del Artículo 98 del Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, establece que las funciones de la Autoridad Ambiental Competente Nacional – AACN, serán ejercidas por el Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal.
Que el Parágrafo I del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 3766, de 2 de enero de 2019, que reglamenta la aplicación de la Ley Nº 1135, de 20 de diciembre de 2018, del Presupuesto General del Estado Gestión 2019, señala que en el marco de sus competencias, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo, la inscripción y/o incremento de las partidas de gasto 25200 "Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones", 25800 "Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión No Capitalizables" y 46000 "Estudios y Proyectos para Inversión", con recursos de financiamiento externo de crédito, donación, y su contraparte nacional establecidos en los convenios específicos, no amerita Decreto Supremo. Para las demás fuentes de financiamiento el incremento de estas partidas deberá aprobarse mediante Decreto Supremo.
Que existe la necesidad de contratar Consultorías por Producto que ejecuten y fiscalicen la Auditoría Ambiental por Peligro Inminente del “Relleno Sanitario Nuevo Jardín”, ubicado en la localidad de Bajo Alpacoma del Departamento de La Paz, a cuyo efecto el Ministerio de Medio Ambiente y Agua requiere la autorización para el incremento en la subpartida de Consultorías por Producto.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar al Ministerio de Medio Ambiente y Agua, el incremento de la subpartida de Consultorías por Producto para la realización de la Auditoría Ambiental por Peligro Inminente del “Relleno Sanitario Nuevo Jardín”.
ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN). Se autoriza al Ministerio de Medio Ambiente y Agua incrementar en la gestión 2019, la subpartida 25210 “Consultorías por Producto” en Bs1.450.419,36 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE 36/100 BOLIVIANOS), financiado con fuente 11 “T.G.N. Otros Ingresos”, en el marco de la normativa vigente, a objeto de contratar Consultorías por Producto para la ejecución y fiscalización de la Auditoría Ambiental por Peligro Inminente del “Relleno Sanitario Nuevo Jardín”, ubicado en la localidad de Bajo Alpacoma en el Departamento de La Paz.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Medio Ambiente y Agua, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de mayo del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS E INTERINO DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMÍA PLURAL, Luis Alberto Sánchez Fernández, Rafael Alarcón Orihuela, Oscar Coca Antezana, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Milton Gómez Mamani, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, José Manuel Canelas Jaime, Tito Rolando Montaño Rivera.

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