LEY N° 1396
LEY DE 21 DE SEPTIEMBRE DE 2021
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un bien inmueble de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Pazña, a favor de la Caja Nacional de Salud, ubicado en el Distrito Avicaya - zona Sud Este de la Provincia Poopó del Departamento de Oruro, registrado en la oficina de Derechos Reales de Challapata del Departamento de Oruro, bajo la Matrícula Computarizada N° 4.06.2.01.0000243, con una superficie de 682,00 m², con las siguientes colindancias: Al Norte, calle A-3; al Sur, calle A-2; al Este, propiedad S/N; y al Oeste, calle X-4; con destino exclusivo para la construcción del Centro de Salud Avicaya C.N.S., de conformidad a la Ley Municipal N° 03/2020 de 16 de julio de 2020, modificada por la Ley Municipal N° 003/2021 de 24 de junio de 2021, emitidas por el Gobierno Autónomo Municipal de Pazña.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintisé;is días del mes de agosto del año dos mil veintiuno.
Fdo. Andrónico Rodríguez Ledezma, Freddy Mamani Laura, Gladys V. Alarcón F. de Ayala, María R. Nacif Barboza,
Patricio Mendoza Chumpe, Walter Villagra Romay.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de septiembre del año dos mil veintiuno.
Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada, Jeyson Marcos Auza Pinto.
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