Busca las Leyes y Decretos

jueves, 7 de abril de 2022

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3279 - Modifíquese el Decreto Presidencial Nº 3206, de 09 de junio de 2017, en cuanto a la fecha del interinato de la ciudadana Ariana Campero Nava, Ministra de Salud, como MINISTRA INTERINA DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL

 DECRETO PRESIDENCIAL N° 3279

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que en fecha 09 de junio de 2017, se emitió el Decreto Presidencial Nº 3206, que designó Ministra Interina de Trabajo, Empleo y Previsión Social, a la ciudadana Ariana Campero Nava, Ministra de Salud, del 10 al 16 de junio de 2017, debido a que el ciudadano Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, comunicó que se ausentaría del país en misión oficial a la ciudad de Ginebra – Confederación Suiza, a objeto de participar de la “106º Conferencia Internacional del Trabajo”, organizado por la Oficina Internacional del Trabajo.

Que el CITE: D.M.T.E.P.S.-Of. 728/2017, de 16 de junio de 2017, presentado en la misma fecha, por el ciudadano Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, mediante el cual solicitó la modificación del Decreto Presidencial Nº 3206, en cuanto a la fecha del Interinato, señalando que por razones de itinerario retorno al país con un día de anticipación a lo previsto, por lo que el periodo de interinato deberá ser del 10 al 15 de junio de 2017.

Que el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de fecha 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo dispone que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho.

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Modifíquese el Decreto Presidencial Nº 3206, de 09 de junio de 2017, en cuanto a la fecha del interinato de la ciudadana Ariana Campero Nava, Ministra de Salud, como MINISTRA INTERINA DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL, por el lapso únicamente del 10 al 15 de junio de 2017.
 
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se mantiene subsistente todos los demás términos establecidos en el Decreto Presidencial Nº 3206, de 09 de junio de 2017.

Es  dado  en  el  Palacio  de  Gobierno  de  la  ciudad  de  La Paz, a los nueve días del mes de agosto del año dos mil diecisiete.

FDO. EVO MORALES AYMA, René Martínez Callahuanca.    

No hay comentarios:

Publicar un comentario