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viernes, 21 de enero de 2022

DECRETO SUPREMO N° 2568 - Se autoriza a la Entidad Ejecutora de Medio Ambiente y Agua – EMAGUA, incrementar las subpartidas 46110 “Consultoría por Producto para Construcciones de Bienes Públicos de Dominio Privado” en Bs556.053.-

 DECRETO SUPREMO N° 2568

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Parágrafo I del Artículo 20 de la Constitución Política del Estado, señala que toda persona tiene derecho al acceso universal y equitativo a los servicios básicos de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas domiciliario, postal y telecomunicaciones.

 

Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, determina que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.

 

Que el Artículo 2 del Decreto Supremo N° 0163, de 10 de junio de 2009, crea la Entidad Ejecutora de Medio Ambiente y Agua – EMAGUA, bajo tuición del Ministerio de Medio Ambiente y Agua con la finalidad de ejecutar programas y proyectos de inversión para el desarrollo.

 

Que el inciso b) del Artículo 5 del Decreto Supremo N° 0163, establece como una de las competencias de EMAGUA realizar la ejecución, monitoreo, seguimiento y evaluación de los programas y proyectos de inversión para el desarrollo, a su cargo, estableciendo sus resultados, efectos e impactos en el marco de sus competencias.

 

Que el Parágrafo I del Artículo 15 de la Ley Nº 614, de 13 de diciembre de 2014, del Presupuesto General del Estado Gestión 2015, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo, dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo, en el marco de sus competencias, inscribir y/o incrementar el gasto en las partidas 25200 “Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión No Capitalizables” y Subgrupo 46000 “Estudios y Proyectos para Inversión”, cuyo financiamiento provenga de recursos de donación externa, crédito externo y/o contraparte nacional, según lo establecido en los convenios respectivos, los cuales no ameritarán la emisión de Decreto Supremo.

 

Que a fin de dar cumplimiento a las metas y objetivos establecidos en los diferentes Programas y Planes Sectoriales de Agua y Saneamiento Básico que ejecuta el Ministerio de Medio Ambiente y Agua, a través de la EMAGUA, se requiere efectuar la inscripción y/o incremento de las subpartidas, lo cual permitirá dar continuidad al normal desarrollo de los proyectos programados para la presente gestión, con recursos provenientes de Apoyos Presupuestarios Sectoriales – APS.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza a la Entidad Ejecutora de Medio Ambiente y Agua – EMAGUA, incrementar las subpartidas 46110 “Consultoría por Producto para Construcciones de Bienes Públicos de Dominio Privado” en Bs556.053.- (QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CINCUENTA Y TRES 00/100 BOLIVIANOS) y 46310 “Consultoría por Producto” en Bs937.492.- (NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS 00/100 BOLIVIANOS) a través de un traspaso presupuestario intrainstitucional financiado con fuente 41 “Transferencias TGN” y Organismo Financiador 111 “Tesoro General de la Nación”, afectando la subpartida 26990 “Otros”, destinado a dar continuidad a los proyectos ejecutados en el marco del Programa de Agua y Saneamiento en Áreas Periurbanas – PASAP y Programa de Agua y Saneamiento en Áreas Rurales – PASAR.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Economía y Finanzas Públicas, y de Medio Ambiente y Agua, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil quince.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO, Carlos Gustavo Romero Bonifaz , Reymi Luis Ferreira Justiniano MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE MINERÍA Y METALURGIA, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Ana Veronica Ramos Morales, Milton Claros Hinojosa, Virginia Velasco Condori, José Gonzalo Trigoso Agudo, Ariana Campero Nava, María Alexandra Moreira Lopez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana MINISTRO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS E INTERINO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, Hugo José Siles Nuñez del Prado, Lenny Tatiana Valdivia Bautista, Marko Marcelo Machicao Bankovic, Marianela Paco Duran, Tito Rolando Montaño Rivera.

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