DECRETO SUPREMO N° 2504
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el inciso a) del Artículo 90 del Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, señala que el Ministro de Salud tiene entre sus atribuciones formular, promulgar y evaluar el cumplimiento de los programas de salud en el marco del desarrollo del país.
Que el Artículo 12 del Decreto Supremo Nº 0283, de 2 de septiembre de 2009, modificado por el Parágrafo I del Artículo 2 del Decreto Supremo N° 2063, de 23 de julio de 2014, dispone que la autorización de compra de vehículos debe realizarse mediante Decreto Supremo, independientemente de la fuente de financiamiento.
Que la entidad solicitante requiere la compra de vehículos automotores, para la ejecución, desarrollo y cumplimiento de sus actividades programadas, en el marco de sus atribuciones y competencias establecidas en la normativa vigente.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza al Ministerio de Salud, la compra de trece (13) camionetas 4x4, doble cabina, tipo estándar, para uso operativo de las Coordinaciones de Redes de Salud, las Unidades de Salud Materna/Salud Sexual y Reproductiva y de Promoción de la Salud del Servicio Departamental de Salud – SEDES Potosí y el Hospital de Segundo Nivel Madre Obrera de Llallagua del Departamento de Potosí, misma que será financiada con recursos provenientes del Crédito BID-2614/BL-BO.
La señora Ministra de Estado en el Despacho de Salud, queda encargada de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de septiembre del año dos mil quince.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Rene Gonzalo Orellana Halkyer, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Ana Veronica Ramos Morales, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Virginia Velasco Condori, José Gonzalo Trigoso Agudo, Ariana Campero Nava, María Alexandra Moreira Lopez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Hugo José Siles Nuñez del Prado MINISTRO DE AUTONOMÍAS E INTERINO DE DEFENSA, Lenny Tatiana Valdivia Bautista, Marko Marcelo Machicao Bankovic MINISTRO DE CULTURAS Y TURISMO E INTERINO DE EDUCACIÓN, Marianela Paco Duran, Tito Rolando Montaño Rivera.
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