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miércoles, 18 de noviembre de 2020

LEY N° 676 - Se aprueba el Contrato de Ampliación al Contrato de Préstamo y de Aporte Financiero, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Kreditanstalt für Wiederaufbau - KfW

 LEY N° 676

LEY DE 15 DE ABRIL DE 2015

 

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

 

DECRETA:

 

Artículo Único.

 

I. De conformidad a lo establecido en el Artículo 158, Parágrafo I numeral 10, de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Contrato de Ampliación al Contrato de Préstamo y de Aporte Financiero, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Kreditanstalt für Wiederaufbau - KfW, en fecha 31 de diciembre de 2014, por un monto de hasta Euros5.000.000.- (Cinco Millones 00/100 Euros) que corresponden al Préstamo y un monto de hasta Euros1.000.000.- (Un Millón 00/100 Euros) que corresponden al Aporte Financiero, destinados a financiar la ejecución del Programa Nacional de Riego SIRIC II - 2006 66 040 y 2007 70 164.

 II. Se autoriza a los Gobiernos Autónomos Departamentales de Chuquisaca y Santa Cruz, asumir el repago de las obligaciones que sean contraídas en la ejecución del mencionado Contrato de Ampliación al Contrato de Préstamo y de Aporte Financiero aprobado por la presente Ley.

 Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

 Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los nueve días del mes de abril del año dos mil quince.

 Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rubén Medinaceli Ortiz, María Argene Simoni Cuellar, Nelly Lenz Roso, A. Claudia Tórrez Díez.

 Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

 Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de abril del año dos mil quince.

 FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, René Gonzalo Orellana Halkyer, María Alexandra Moreira Lopez, Hugo José Siles Nuñez del Prado, Marianela Paco Durán.

 

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