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lunes, 16 de noviembre de 2020

DECRETO PRESIDENCIAL N° 4349 - Se designa a los siguientes ciudadanos como MINISTROS DE ESTADO, asignándoles las carteras de: Gonzalo José Silvestre Quiroga Soria MINISTRO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO Branko Goran Marinkovic Jovicevic MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS Álvaro Tejerina Olivera MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL

 DECRETO PRESIDENCIAL N° 4349

JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo I del Artículo 165 de la Constitución Política del Estado, determina que el Órgano Ejecutivo está compuesto por la Presidenta o Presidente del Estado, la Vicepresidenta o Vicepresidente del Estado y las Ministras y/o Ministros de Estado.

Que los numerales 4 y 22 del Artículo 172 del Texto Constitucional, disponen que es atribución del Presidente del Estado Plurinacional, entre otros, dirigir la administración pública y coordinar la acción de los Ministros de Estado; y designar a las Ministras y a los Ministros de Estado.

Que el Parágrafo I del Artículo 13 del Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, modificado por Parágrafo I del Artículo 2 del Decreto Supremo N° 4257, de 4 de junio de 2020, señala la estructura organizativa del Órgano Ejecutivo compuesta por Ministras y Ministros del Estado Plurinacional de Bolivia, entre los que se encuentran los Ministros de Planificación del Desarrollo; de Economía y Finanzas Públicas; y de Trabajo, Empleo y Previsión Social.

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.-

I.            Se designa a los siguientes ciudadanos como MINISTROS DE ESTADO, asignándoles las carteras de:

Gonzalo José Silvestre Quiroga Soria
MINISTRO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO

Branko Goran Marinkovic Jovicevic
MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

Álvaro Tejerina Olivera
MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL

II.          Los señores Ministros designados, tomarán posesión de sus cargos en el día, en acto especial a celebrarse en Palacio de Gobierno.

III.         Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Presidencial.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil veinte.

Fdo. JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ,  Yerko Martín Núñez Negrette.

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