LEY N° 1246
LEY DE 10 DE OCTUBRE DE 2019
LEY DE 10 DE OCTUBRE DE 2019
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 14 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, y los Artículos 33, Parágrafo I inciso a), y 37 de la Ley N° 401 de 18 de septiembre de 2013, de Celebración de Tratados, se ratifica el “Acuerdo Marco de Cooperación entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia”, suscrito el 16 de abril de 2018, en la ciudad de San José, República de Costa Rica.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los dos días del mes de octubre del año dos mil diecinueve.
Fdo. Adriana Salvatierra Arriaza, Víctor Ezequiel Borda Belzu, Omar Paul Aguilar Condo, Eliana Mercier Herrera, Sandra Cartagena López, Nelly Lenz Roso.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de octubre del año dos mil diecinueve.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora, Nélida Sifuentes Cueto, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Wilma Alanoca Mamani, Tito Rolando Montaño Rivera.
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