LEY N° 006
LEY DE 1 DE MAYO DE 2010
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
LEY QUE AMPLÍA LAS FACULTADES DEL DIRECTORIO
DE LA CAJA NACIONAL DE SALUD Y LAS CAJAS SECTORIALES
Artículo Único.
Elevase a rango de Ley el Decreto Supremo N° 28719 de 17 de mayo de
2006, con las modificaciones establecidas mediante Decreto Supremo N°
0041 de 18 de marzo de 2009, así como el Decreto Ley N° 13214 de 24 de
diciembre de 1975, en todo lo que está vigente hasta la fecha y no
contravenga la Constitución Política del Estado y los Sistemas de
Administración y de Control de los recursos del Estado.
Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los veintiocho días del mes de abril del año dos mil diez.
Fdo.
René Oscar Martínez Callahuanca, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Luis
Gerald Ortíz Alba, Clementina Garnica Cruz, Pedro Nuny Caity, Angel
David Cortés Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Cochabamba, al primer día del mes de mayo de dos mil diez años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Oscar Coca Antezana, Sonia Polo Andrade.
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