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viernes, 12 de abril de 2019

DECRETO SUPREMO N° 3720 - Autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - TGN a través del SENAPE, la transferencia a título oneroso de un bien inmueble a favor del Gobierno Autónomo Municipal de Tupiza.

DECRETO SUPREMO N° 3720
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, determina que es competencia privativa del nivel central del Estado, la administración del patrimonio del Estado Plurinacional y de las entidades públicas del nivel central del Estado.
Que el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 24649, de 13 de junio de 1997, establece que a la conclusión de los procesos de liquidación de los Bancos Agrícola y Minero de Bolivia, la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras actual Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero – ASFI procederá a la transferencia de activos y pasivos remanentes al Tesoro General de la Nación – TGN.
Que el párrafo segundo del Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 28565, de 22 de diciembre de 2005, dispone que el Servicio Nacional de Patrimonio del Estado – SENAPE, tiene la misión de disponer de los bienes recibidos de otras instituciones, administrar el activo exigible de las entidades disueltas o en proceso de liquidación, y concluir los procesos de liquidación de ex entidades estatales y entes gestores de la seguridad social, conforme a disposiciones legales vigentes.
Que el Gobierno Autónomo Municipal de Tupiza, requiere contar con un bien inmueble para el desarrollo de la gestión pública municipal en beneficio de la población de este municipio.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Tesoro General de las Nación, a través del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado - SENAPE, la transferencia a título oneroso de un bien inmueble a favor del Gobierno Autónomo Municipal de Tupiza.
ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN). Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Tesoro General de las Nación, a través del SENAPE, transferir a título oneroso el lote de terreno ubicado en el Barrio de Villa Lourdes, del municipio de Tupiza, del Departamento de Potosí, con una superficie de 758,48 m2, registrado bajo la Matrícula Nº 5.08.1.01.0006251 vigente, a favor del Gobierno Autónomo Municipal de Tupiza.

ARTÍCULO 3.- (TRANSFERENCIA DEL BIEN INMUEBLE).
I.            El Gobierno Autónomo Municipal de Tupiza, por la transferencia del bien inmueble citado en el Artículo precedente, efectuará el pago por el monto de Bs302.435,11 (TRESCIENTOS DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO 11/100 BOLIVIANOS) con cargo a su presupuesto institucional.
II.          La o el Director General Ejecutivo del SENAPE, estará a cargo de la suscripción de la minuta de transferencia y consiguiente entrega del inmueble, por cuenta del Ministro de Economía y Finanzas Públicas, a favor del Gobierno Autónomo Municipal de Tupiza, una vez que se haya efectivizado el pago del monto establecido en el Parágrafo precedente.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas Públicas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes noviembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Alfredo Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Rodolfo Edmundo Rocabado Benavides, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera.

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