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jueves, 13 de enero de 2022

DECRETO SUPREMO N° 2494 - Se aprueban los Estados Financieros del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional de la gestión 2014

 DECRETO SUPREMO N° 2494

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Presupuesto General del Estado, para la gestión fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2014, fue aprobado por Ley Nº 455, de 11 de diciembre de 2013, en el marco de lo establecido por el numeral 11 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado.

 

Que las modificaciones presupuestarias que incrementan el presupuesto inicial se encuentran amparadas por la Ley N° 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración presupuestaria.

 

Que el Artículo 10 de la Ley N° 2042, dispone que el Ministerio de Hacienda, actual Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, mediante disposiciones de administración financiera, reglamentará y regulará la ejecución, seguimiento, supervisión, evaluación, ajustes y traspasos intra e interinstitucionales de los presupuestos aprobados dentro de los términos y límites de la citada Ley.

 

Que el Artículo 8 de la Ley N° 2042, modificado por el Artículo 9 de la Ley N° 3547, de 1 de diciembre de 2006, autoriza al Poder Ejecutivo, actual Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas Publicas, a incorporar en los Presupuestos Institucionales para su ejecución correspondiente, los recursos provenientes de donación y crédito externo de la gestión y los saldos de gestiones anteriores, para financiar gastos de capital, gastos corrientes y aplicaciones financieras, debiendo el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas informar sobre la inscripción de estos recursos al Honorable Congreso Nacional, actual Asamblea Legislativa Plurinacional, semestralmente.

 

Que la Ley N° 550, de 21 de julio de 2014, aprueba las modificaciones al Presupuesto General del Estado Gestión 2014, para las entidades del sector público, y establece otras disposiciones financieras específicas para su aplicación.

 

Que los Estados Financieros del Órgano Ejecutivo Gestión Fiscal 2014, muestran en lo que corresponde, la ejecución del Presupuesto General del Estado, aprobado por Ley N° 455, para la gestión 2014, así como los gastos públicos enmarcados en el mismo.

 

Que en cumplimiento de las citadas Disposiciones Legales en vigencia, corresponde aprobar los Estados Financieros del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, por la gestión 2014.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se aprueban los Estados Financieros del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional de la gestión 2014, que comprenden la agregación de la ejecución presupuestaria, tesorería y contabilidad de los Ministerios de Estado, sus desconcentradas y otras unidades que conforman el Órgano Ejecutivo, lo cual no deslinda la responsabilidad por la administración directa realizada por sus Máximas Autoridades Ejecutivas.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas Públicas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil quince.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Reymi Luis Ferreira Justiniano, Rene Gonzalo Orellana Halkyer, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Ana Veronica Ramos Morales, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Virginia Velasco Condori, José Gonzalo Trigoso Agudo, Ariana Campero Nava, María Alexandra Moreira Lopez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Hugo José Siles Nuñez del Prado, Lenny Tatiana Valdivia Bautista, Marko Marcelo Machicao Bankovic, Marianela Paco Duran, Tito Rolando Montaño Rivera.

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