DECRETO SUPREMO N° 0662 z
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Artículo 6 de la Ley N° 2492, de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, señala que solo la Ley puede crear, modificar y suprimir tributos, otorgar y suprimir exenciones, reducciones o beneficios tributarios.
Que el Artículo 55 del Presupuesto General del Estado - Gestión 2010, aprobado por expresa disposición del numeral 11 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, establece que las donaciones de mercancías destinadas a entidades públicas, estarán exentas del pago total de los tributos de importación, ya sean destinadas a su propio uso o para ser transferidas a entidades públicas u organizaciones económico-productivas y territoriales, a objeto de estimular la actividad de generación de centros de desarrollo social y productivo.
Que el Parágrafo II del Artículo 24 del Decreto Supremo N° 0430, de 10 de febrero de 2010, que aprueba el Reglamento del Presupuesto General del Estado - Gestión 2010, establece para las entidades públicas exentas del pago de tributos de importación con recursos de donación, deberán prever en sus presupuestos institucionales los gastos por concepto de almacenaje, transporte y otros gastos operativos.
Que los Ministerios de Gobierno, de Educación y de la Presidencia, realizaron solicitudes de exención tributaria de importación a la donación de mercancías, cumpliendo con la presentación de los requisitos técnico-legales establecidos en la normativa vigente.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.-
I. Se autoriza la exención del pago total de los tributos de importación a la donación efectuada por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito – UNODC, a favor del Viceministerio de Defensa Social y Sustancias Controladas del Ministerio de Gobierno, para ser utilizada en la aplicación de tests toxicológicos en el marco del Proyecto “Sistema Subregional de Información e Investigación Sobre Drogas en Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Perú y Uruguay”, de acuerdo al siguiente detalle:
Seis (6) cajas de cartón que contienen quinientos cincuenta (550) tests de drogas KO61, con parte de recepción N° 211 2010 251267;
Una (1) caja que contiene quinientos cincuenta (550) tests de alcohol BreathScan 0,02% BAC con parte de recepción N° 211 2010 242769.
II. Se autoriza la exención del pago total de los tributos de importación a la donación de un (1) equipo de laboratorio Porocímetro “AUTOSORB IQ” y accesorios, donados por la Embajada de Suecia a favor del Departamento de Investigación, Postgrado e Interacción Social – DIGPIS de la Universidad Mayor de San Andrés, a través del Ministerio de Educación.
III. Se autoriza la exención del pago total de los tributos de importación a la donación de diez (10) pallets que contienen ochenta y cinco (85) bultos con insumos médicos y medicamentos, con parte de recepción 711 2010 328973, donados por “Operation Smile Inc.2”, a favor de la Unidad de Apoyo a la Gestión Social dependiente del Ministerio de la Presidencia.
Los insumos y materiales médicos recibidos por la Unidad de Apoyo a la Gestión Social en calidad de donación, serán transferidos a entidades públicas de salud, para ser utilizados en su totalidad en la campaña de cirugías gratuitas del programa denominado “Operación Sonrisa”, quedando exentas estás últimas del pago de tributos de importación y de los impuestos por transferencias.
Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de la Presidencia, de Gobierno, de Economía y Finanzas Públicas, y de Educación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de octubre del año dos mil diez.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elizabeth Arismendi Chumacero MINISTRA DE DEFENSA LEGAL DEL ESTADO E INTERINA DE AUTONOMIA, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Luís Fernando Vincenti Vargas, Antonia Rodríguez Medrano, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori MINISTRA DE JUSTICIA E INTERINA DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISION SOCIAL, Nila Heredia Miranda, María Esther Udaeta Velásquez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Nardy Suxo Iturry, Zulma Yugar Párraga.
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