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domingo, 18 de abril de 2021

DECRETO SUPREMO N° 0669 - Se autoriza al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, a financiar el pago de servicios de capacitación, pasantía e inserción laboral a las Instituciones de Capacitación – ICAPs, así como la entrega de incentivos a las y los jóvenes beneficiarios del Programa “Mi Primer Empleo Digno”

 DECRETO SUPREMO N° 0669

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que el Parágrafo VII del Artículo 48 de la Constitución Política del Estado, señala que el Estado garantizará la incorporación de las jóvenes y los jóvenes en el sistema productivo, de acuerdo con su capacitación y formación.

 

Que el Plan Nacional de Desarrollo – PND, aprobado por Decreto Supremo N° 29272, de 12 de septiembre de 2007, ha previsto una política de implementación de Protección Social y Desarrollo Integral Comunitario, con la finalidad de erradicar la pobreza, pobreza extrema, la inequidad, discriminación, marginación, toda forma de exclusión y explotación, a objeto de lograr un patrón equitativo de distribución y/o redistribución de ingresos, riqueza, oportunidades, así como el ejercicio pleno de los derechos sociales, políticos, culturales y económicos de la población, con medidas estructurales en el corto y largo plazo, generando oportunidades y activos sociales; para ello se constituye dentro del componente Jóvenes en Acción, el Programa “Mi Primer Empleo Digno”.

 

Que el inciso a) del Artículo 2 del Decreto Supremo N° 29246, de 22 de agosto de 2007, establece que uno de los objetivos de la Política de Protección Social y Desarrollo Integral Comunitario, es contribuir a erradicar las causas estructurales de la pobreza, extrema pobreza, exclusión, vulnerabilidad y riesgos de personas, familias y comunidades, focalizando la inversión productiva y social.

 

Que el inciso a) del numeral 2 del Artículo 7 del Decreto Supremo N° 29246, establece como uno de sus programas a Jóvenes en Acción “Mi Primer Empleo Digno”, dirigido a incrementar la inserción laboral de jóvenes, mujeres y varones de escasos recursos, bachilleres de áreas peri-urbanas, mejorando sus condiciones de empleabilidad en el mercado de trabajo, mediante programas de capacitación y pasantías.

 

Que el Decreto Supremo N° 29579, de 21 de mayo de 2008, establece en sus objetivos, el mecanismo administrativo financiero para dar inicio a la implementación de la Primera Fase del Programa “Mi Primer Empleo Digno”, dirigido a jóvenes, hombres y mujeres de escasos recursos económicos, que les permita acceder a fuentes de trabajo mejor remuneradas y el desarrollo pleno de sus capacidades.

 

Que el Decreto Supremo N° 0263, de 26 de agosto de 2009, establece los mecanismos administrativos y financieros para la ampliación del Programa “Mi Primer Empleo Digno”, financiados con recursos de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo – AECID.

 

Que el inciso a) del Artículo 44 del Presupuesto General del Estado - Gestión 2010, aprobado por expresa disposición del numeral 11 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, autoriza al Órgano Ejecutivo, transferir recursos públicos en efectivo y/o en especie a organizaciones económico - productivas, a organizaciones territoriales y a personas naturales, con el objeto de estimular la actividad y generación de proyectos de desarrollo, seguridad alimentaria, reconversión productiva, educación y salud en el marco del Plan Nacional de Desarrollo y Planes Sectoriales. El uso y destino de estos recursos será autorizado mediante Decreto Supremo.

 

Que el Acuerdo de Gestión suscrito entre la AECID y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, establece los procedimientos administrativos y financieros para la ejecución de recursos de donación de Bs4.699.731,60 (CUATRO MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS TREINTA Y UNO 60/100 BOLIVIANOS), destinados a financiar el pago de servicios de capacitación, pasantía e inserción laboral, a las Instituciones de Capacitación – ICAPs, así como la entrega de incentivos a las y los jóvenes beneficiarios del Programa “Mi Primer Empleo Digno”.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.-

I. Se autoriza al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, a financiar el pago de servicios de capacitación, pasantía e inserción laboral a las Instituciones de Capacitación – ICAPs, así como la entrega de incentivos a las y los jóvenes beneficiarios del Programa “Mi Primer Empleo Digno”, con los recursos provenientes de la donación de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo – AECID, por un monto de hasta Bs4.699.731,60 (CUATRO MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS TREINTA Y UNO 60/100 BOLIVIANOS).

 

II. La transferencia para incentivos, pasantía e inserción laboral, a las y los beneficiarios del Programa “Mi Primer Empleo Digno”, será imputada en el grupo de gastos 71000 “Transferencias Corrientes al Sector Privado”, del presupuesto del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.

 

Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Economía y Finanzas Publicas; y de Trabajo, Empleo y Previsión Social, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de octubre del año dos mil diez.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Luís Fernando Vincenti Vargas, Antonia Rodríguez Medrano, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori MINISTRA DE JUSTICIA E INTERINA DE DEFENSA LEGAL DEL ESTADO, Carmen Trujillo Cárdenas, Nila Heredia Miranda, María Esther Udaeta Velásquez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz, Nardy Suxo Iturry, Zulma Yugar Párraga. 

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