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miércoles, 7 de abril de 2021

DECRETO SUPREMO N° 0609 - Se autoriza a la Ministra de Planificación del Desarrollo a suscribir con The Export Import Bank of Korea – EXIMBANK-K, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, el Convenio de Préstamo por un monto de hasta $us41.061.000.-

 DECRETO SUPREMO N° 0609 z

ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA

PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que el numeral 9 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado establece que son competencias exclusivas del nivel central del Estado, la planificación, diseño, construcción, conservación y administración de carreteras de la Red Fundamental.

 

Que el Capítulo IV “Bolivia Productiva” del Plan Nacional de Desarrollo – PND aprobado por Decreto Supremo N° 29272, de 12 de septiembre de 2007, tiene como propuesta de cambio mejorar e integrar el sistema de transporte nacional, en todas sus modalidades (caminera, ferroviaria, aeronáutica y fluvial lacustre), como componente significativo del desarrollo y la ampliación de mercados para la producción boliviana, contribuyendo a los esfuerzos integrales que permitirán a Bolivia salir efectivamente del subdesarrollo económico y social en que se encuentra.

 

Que el Estado Plurinacional de Bolivia a través del Proyecto “Construcción del Puente Banegas” tiene la finalidad de mejorar la infraestructura de puentes en el Departamento de Santa Cruz con la construcción de un puente de dos (2) vías que conecta Okinawa - Los Troncos sección de la Carretera Nacional N° 10.

 

Que en este marco se ha gestionado ante The Export Import Bank of Korea – EXIMBANK-K, un Convenio de Préstamo para la otorgación de un crédito de hasta $us41.061.000.- (CUARENTA Y UN MILLONES SESENTA Y UN MIL 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES) destinados a apoyar el financiamiento del Proyecto “Construcción del Puente Banegas”.

 

Que es preciso autorizar la suscripción del respectivo Convenio de Préstamo con The Export Import Bank of Korea – EXIMBANK-K, a objeto de materializar el financiamiento.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.-

I. Se autoriza a la Ministra de Planificación del Desarrollo a suscribir con The Export Import Bank of Korea – EXIMBANK-K, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, el Convenio de Préstamo por un monto de hasta $us41.061.000.- (CUARENTA Y UN MILLONES SESENTA Y UN MIL 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES) destinados a apoyar el financiamiento del Proyecto “Construcción del Puente Banegas”.

 

II. Suscrito el Convenio de Préstamo, deberá ser remitido a consideración del Órgano Legislativo, en cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 8 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado.

 

III. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas la suscripción del Convenio Subsidiario con la Administradora Boliviana de Carreteras – ABC, para la transferencia de recursos externos y ejecución del Convenio de Préstamo, a solicitud del Ministerio de Planificación del Desarrollo a través del Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo.

Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Planificación del Desarrollo, y de Economía y Finanzas Públicas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil diez.

 

FDO. ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Luis Alberto Arce Catacora, Luís Fernando Vincenti Vargas, Antonia Rodríguez Medrano, Walter Juvenal Delgadillo Terceros MINISTRO DE OO.PP., SERVICIOS Y VIVIENDA E INTERINO DE PLANIFICACION DEL DESARROLLO, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Carmen Trujillo Cárdenas, Nila Heredia Miranda, María Esther Udaeta Velásquez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemecia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz MINISTRO DE AUTONOMÍA E INTERINO DE DEFENSA LEGAL DEL ESTADO, Nardy Suxo Iturry, Zulma Yugar Párraga. 

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