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domingo, 20 de diciembre de 2020

LEY Nº 713 - VIGENCIA DEL IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS - ITF

 LEY Nº 713

LEY DE 01 DE JULIO DE 2015

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

 

DECRETA:

Artículo 1. (VIGENCIA DEL IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS - ITF). Se amplía hasta el 31 de diciembre de 2018, la vigencia del Impuesto a las Transacciones Financieras – ITF, creado mediante Ley N° 3446 de 21 de julio de 2006, y ampliado en su vigencia a través del Presupuesto General del Estado - Gestión 2009 y la Ley N° 234 de 13 de abril de 2012.

Artículo 2. (MODIFICACIÓN). Se modifica el Artículo 6 de la Ley N° 3446 de 21 de julio de 2006, con el siguiente texto:

“Artículo 6. (ALÍCUOTA). La alícuota del Impuesto a las Transacciones Financieras - ITF será del cero punto quince por ciento (0.15%) en la gestión 2015, cero punto veinte por ciento (0.20%) en la gestión 2016, cero punto veinticinco por ciento (0.25%) en la gestión 2017 y cero punto treinta por ciento (0.30%) en la gestión 2018.

DISPOSICIÓN FINAL

ÚNICA. Durante la vigencia y aplicación del Impuesto a las Transacciones Financieras - ITF, se mantendrán vigentes las normas reglamentarias de la Ley N° 3446 de 21 de julio de 2006, pudiendo las mismas ser modificadas a través del instrumento legal correspondiente.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veinticinco días del mes de junio del año dos mil quince.

Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Ruben Medinaceli Ortiz, María Argene Simoni Cuellar, Nelly Lenz Roso, A. Claudia Tórrez Diez.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de julio del año dos mil quince.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora, Marianela Paco Durán.

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