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jueves, 3 de diciembre de 2020

LEY Nº 703 - Se aprueba la enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno de 57.061,398 metros cuadrados (m²) con destino exclusivo para la construcción e implementación del Centro de Innovación Tecnológica Universitaria

 LEY Nº 703

LEY DE 5 DE JUNIO DE 2015

 

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad a lo establecido en el Artículo 158, Parágrafo I numeral 13, de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno de 57.061,398 metros cuadrados (m²), que es parte de una superficie total de 140.700,00 metros cuadrados (m²), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Villa Alcalá, inscrito en el registro de Derechos Reales bajo el Folio Real N° 1.04.4.01.0000048, ubicado en Río Alcalá El Cavildo, en el Sector de Jarillo Pampa del Municipio de Villa Alcalá, Provincia Tomina del Departamento de Chuquisaca, cuyas colindancias son: Al Norte y al Este, con la ribera del Río Alcalá; al Sur, con la carretera hacia el Municipio del Villar; y al Oeste, con la propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Villa Alcalá; a favor de la Universidad Mayor Real y Pontificia de San Francisco Xavier de Chuquisaca, con destino exclusivo para la construcción e implementación del Centro de Innovación Tecnológica Universitaria y el funcionamiento de la Carrera de Técnico Superior en Producción Agropecuaria, de conformidad a la Resolución Municipal N° 043/2014 de 17 de septiembre de 2014.

 Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.

 Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil quince.

 Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Victor Ezequiel Borda Belzu, Rubén Medinaceli Ortiz, María Argene Simoni Cuellar, Erik Morón Osinaga, Ginna María Torrez Saracho.

 Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

 Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de junio del año dos mil quince.

 FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Roberto Iván Aguilar Gómez, Hugo José Siles Nuñez del Prado.

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