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viernes, 18 de diciembre de 2020

LEY Nº 710 - Se aprueba la enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de San Ignacio de Moxos con destino exclusivo a la construcción e instalación de la Estación Satelital de Regasificación del Proyecto de la Planta de Gas Natural Licuado

LEY Nº 710

LEY DE 29 DE JUNIO DE 2015

 

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

 

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

 

 

DECRETA:

 

Artículo Único. De conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I numeral 13, de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de San Ignacio de Moxos, con una superficie de 10.000,00 metros cuadrados (m²), ubicado en el Kilómetro 2 carretera a San Borja, del Municipio de San Ignacio de Moxos, Provincia Moxos del Departamento de Beni, registrado en las oficinas de Derechos Reales de Trinidad bajo el Folio Real Nº 8.05.1.01.0002804, cuyas colindancias son: al Norte, con la carretera a San Borja; al Sur, con la propiedad del Señor Ronald Suárez Vaca; al Este, con la propiedad del Señor Bismark Ruiz Peinado; y al Oeste, con la propiedad del Señor Ronald Suárez Vaca; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, con destino exclusivo a la construcción e instalación de la Estación Satelital de Regasificación del Proyecto de la Planta de Gas Natural Licuado, conforme a lo establecido en la Ley Municipal N° 014 de 24 de noviembre de 2014, del Gobierno Autónomo Municipal de San Ignacio de Moxos.

 

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil quince.

 

Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Ruben Medinaceli Ortiz, María Argene Simoni Cuellar, Nelly Lenz Roso, A. Claudia Tórrez Diez.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de junio del año dos mil quince.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Sanchez Fernández, Hugo José Siles Nuñez del Prado.

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