Busca las Leyes y Decretos

lunes, 23 de noviembre de 2020

DECRETO PRESIDENCIAL N° 4366 - Designar al ciudadano ALBERTO JAVIER MORALES VARGAS, como PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO

 DECRETO PRESIDENCIAL N° 4366

JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 229 de la Constitución Política del Estado, determina que la Procuraduría General del Estado es la institución de representación jurídica pública que tiene como atribución promover, defender y precautelar los intereses del Estado.

Que el Parágrafo I del Artículo 230 de la Constitución Política del Estado, establece que la Procuraduría General del Estado está conformada por la Procuradora o el Procurador General, que la dirigirá y los demás servidores públicos que determine la ley.

Que el Parágrafo I del Artículo 11 de la Ley N° 064, de 5 de diciembre de 2010, de la Procuraduría General del Estado, dispone que la Procuradora o el Procurador General del Estado, es la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado y la o el Representante Legal del Estado en la defensa de los derechos, intereses y patrimonio de Bolivia, en el marco de las atribuciones que le confiere la Constitución Política del Estado y la citada Ley. La representación la ejerce sin necesidad de mandato expreso en procesos judiciales, extrajudiciales, conciliatorios, procesos arbitrales y administrativos en el ámbito de su competencia, todo dentro de las restricciones que establecen las leyes.

Que el Parágrafo II del Artículo 11 de la Ley N° 064 en concordancia con el Parágrafo II del Artículo 230 de la Constitución Política del Estado, establece que la Procuradora o el Procurador General del Estado es designado por el Presidente del Estado mediante Decreto Presidencial.

Que el Movimiento al Socialismo, en la Asamblea Legislativa Plurinacional, mediante R.A.L.P. N° 064/2019-2020, de 6 de octubre de la presente gestión, resuelve objetar la designación del Procurador General del Estado, mediante Decreto Presidencial N° 4345-A, por el supuesto incumplimiento al numeral 10 del Artículo 12 de la Ley N° 064, de 5 de diciembre de 2010, de la Procuraduría General del Estado.

Que los argumentos de la Asamblea Legislativa Plurinacional, de patrocinio de causas judiciales contra una entidad de la estructura del nivel central del Estado, no se encuentra en el ámbito de aplicación de la defensa judicial y extrajudicial del Estado boliviano, relacionado con el resguardo de la soberanía, de los bienes del patrimonio e intereses del Estado, en particular en materia de inversiones, derechos humanos y medio ambiente, lo que denota acciones premeditadas e intereses políticos mezquinos con la única finalidad de desestabilizar el estado derecho, la democracia y sobre todo de impedir la realización normal de las funciones y actividades de la Procuraduría General del Estado.

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.-

I.            Designar al ciudadano ALBERTO JAVIER MORALES VARGAS, como PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO, quien tomará posesión del cargo con las formalidades de rigor, previo cumplimiento de lo establecido por Ley.

II.          Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Presidencial.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de octubre del año dos mil veinte

FDO. JEANINE AÑEZ CHAVEZ, Yerko M. Núñez Negrette. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario