DECRETO PRESIDENCIAL N° 4349
JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 165 de la Constitución Política del Estado, determina que el Órgano Ejecutivo está compuesto por la Presidenta o Presidente del Estado, la Vicepresidenta o Vicepresidente del Estado y las Ministras y/o Ministros de Estado.
Que los numerales 4 y 22 del Artículo 172 del Texto Constitucional, disponen que es atribución del Presidente del Estado Plurinacional, entre otros, dirigir la administración pública y coordinar la acción de los Ministros de Estado; y designar a las Ministras y a los Ministros de Estado.
Que el Parágrafo I del Artículo 13 del Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, modificado por Parágrafo I del Artículo 2 del Decreto Supremo N° 4257, de 4 de junio de 2020, señala la estructura organizativa del Órgano Ejecutivo compuesta por Ministras y Ministros del Estado Plurinacional de Bolivia, entre los que se encuentran los Ministros de Planificación del Desarrollo; de Economía y Finanzas Públicas; y de Trabajo, Empleo y Previsión Social.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.-
I. Se designa a los siguientes ciudadanos como MINISTROS DE ESTADO, asignándoles las carteras de:
Gonzalo José Silvestre Quiroga Soria
MINISTRO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO
Branko Goran Marinkovic Jovicevic
MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
Álvaro Tejerina Olivera
MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL
II. Los señores Ministros designados, tomarán posesión de sus cargos en el día, en acto especial a celebrarse en Palacio de Gobierno.
III. Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Presidencial.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil veinte.
Fdo. JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ, Yerko Martín Núñez Negrette.
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