DECRETO SUPREMO N° 1550
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Decreto Supremo N° 0734, de 8 de diciembre de 2010, establece las clases de pasaportes que serán emitidos única y exclusivamente por el Ministerio de Relaciones Exteriores, así como los beneficiarios y la reglamentación básica para la obtención de esos documentos.
Que el Decreto Supremo N° 1031, de 9 de noviembre de 2011, señala la escala de viáticos, categorías y pasajes en el sector público a acorde a la nueva estructura del Estado Plurinacional.
Que el Decreto Supremo N° 1525, de 13 de marzo de 2013, complementa el Decreto Supremo N° 0734, de 8 de diciembre de 2010 y modifica el Decreto Supremo N° 1031, de 9 de noviembre de 2011.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se abroga el Decreto Supremo N° 1525 de 13 de marzo de 2013.
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de abril del año dos mil trece.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Mario Virreira Iporre, Cecilia Luisa Ayllon Quinteros, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, José Antonio Zamora Gutiérrez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo MINISTRO DE CULTURAS Y TURISMO E INTERINO DE EDUCACIÓN, Amanda Dávila Torres.
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