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martes, 21 de septiembre de 2021

DECRETO SUPREMO Nº 1537 - Se aprueba la modificación de los factores de distribución de recursos a los Municipios que se detallan a continuación

 DECRETO SUPREMO Nº 1537

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que las Leyes Nº 033 y Nº 034, de 8 de agosto de 2010, crean los Municipios de Huatajata y Chua Cocani, respectivamente, mismos que se desprenden del Municipio de Achacachi del Departamento de La Paz y establecen la colindancia, ubicación geográfica, descripción de límites y coordenadas, listado de comunidades, registro de coordenadas y azimut, así como los anexos que incluyen los mapas territorial y jurisdiccional.

 

Que el Decreto Supremo Nº 26570, de 2 de abril de 2002, publica en anexo las tablas de datos oficiales de población, reportados por el Censo Nacional de Población y Vivienda del año 2001, mismos que determinan la distribución de recursos para municipios y departamentos.

 

Que los Decretos Supremos Nº 26608, de 29 de abril de 2002 y Nº 26722, de 30 de julio de 2002, modifican las mencionadas tablas, en lo que concierne a factores de distribución de recursos de coparticipación tributaria y recursos HIPC II, así como la población de algunos municipios.

 

Que el Decreto Supremo Nº 27366, de 17 de febrero de 2004 modifica el Decreto Supremo Nº 27086 de 18 de junio de 2003, faculta al entonces Ministerio de Desarrollo Sostenible, que una vez corregida la asignación de población, modifique los factores de distribución de recursos de coparticipación tributaria y recursos HIPC II, respecto de los datos del Censo Nacional de Población y Vivienda del año 2001.

 

Que el inciso k) del Artículo 30 del Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, establece como atribución del Ministro de Autonomías, entre otros, conocer y resolver los procesos administrativos de creación, modificación y delimitación de las Unidades Territoriales, en el marco de la legislación vigente.

Que el inciso m) del Artículo 32 del Decreto Supremo Nº 29894, modificado por el Parágrafo VI del Artículo 2 del Decreto Supremo N° 0802, de 23 de febrero de 2011, dispone entre las atribuciones del Viceministerio de Autonomías Indígena Originaria Campesinas y Organización Territorial, dependiente del Ministerio de Autonomías, efectuar el cálculo de los factores de distribución para la asignación de recursos de coparticipación tributaria y HIPC II, en el marco del Decreto Supremo N° 27086, de 18 de junio de 2003. 

 

Que es necesario ajustar los factores de distribución de recursos, hasta que se publiquen los resultados poblacionales del Censo 2012, a fin de que los municipios de Huatajata y Chua Cocani, puedan desarrollar sus actividades y ejercer las competencias que por Ley les corresponde.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.-

 

I. Se aprueba la modificación de los factores de distribución de recursos a los Municipios que se detallan a continuación, conforme a las tablas anexas que forman parte indivisible del presente Decreto Supremo:

 

  1. Achacachi, Provincia Omasuyos del Departamento de La Paz;

  2. Huatajata, Provincia Omasuyos del Departamento de La Paz;

  3. Chua Cocani, Provincia Omasuyos del Departamento de La Paz.

 

II. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas aplicar los factores de distribución de recursos establecidos en los Anexos del presente Decreto Supremo.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planificación del Desarrollo, de Economía y Finanzas Públicas, y de Autonomías, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil trece.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES E INTERINO DE LA PRESIDENCIA, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa MINISTRA DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO E INTERINA DE DES. PRODUC. Y ECONOMÍA PLURAL, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Arturo Vladimir Sánchez Escobar MINISTRO DE OO. PP. SERVICIOS Y VIVIENDA E INTERINO DE EDUCACIÓN, Mario Virreira Iporre, Cecilia Luisa Ayllon Quinteros, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, José Antonio Zamora Gutiérrez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros MINISTRA DE AUTONOMÍAS E INTERINA DE TRANSPARENCIA INST. Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, Pablo Cesar Groux Canedo MINISTRO DE CULTURAS Y TURISMO E INTERINO DE COMUNICACIÓN.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO D.S. Nº 1537

 

MINISTERIO DE AUTONOMIAS

VICEMINISTERIO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

DIRECCION GENERAL DE LÍMITES

COPARTICIPACIÓN TRIBUTARIA - CUENTA DIÁLOGO 2000

FACTORES DE CÁLCULO PARA LA DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS

 

 

 

 
CODIGO
GOBIERNO MUNICIPAL
 
 
 
INFRAESTRUCTURA PRODUCTIVA Y SOCIAL 70%
 
 
PONDERADOR
COPARTICIPACION
TRIBUTARIA
EDUCACIÓN
20%
SALUD
10%
70% POR POBLACIÓN RECALCULADA
30% / 9 DEPARTAMENTOS AL INTERIOR DEL DEPTO. POR POBLACIÓN RECALCULADA
TOTAL
(3+4)
TOTAL
CUENTA ESPECIAL DIALOGO 2000
(1+2+5)
TOTAL
FACTOR DE POBREZA PARA IPJ
(1+2+5)
 
(1)
(2)
(3)
(4)
(5)
(6)
(7)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1224
Achacachi
0,005549818263121
0,001286075601792
0,000554981826312
0,006017541965195
0,000862278443296
0,006879820408491
0,008720877836595
0,008720877836595
24
Huatajata
0,000339483885392
0,000079167586838
0,000033948388539
0,000145351636736
0,000020828036394
0,000166179673131
0,000279295648508
0,000279295648508
25
Chua Cocani
0,000663981654093
0,000163264662271
0,000066398165409
0,000560467849997
0,000080311753206
0,000640779603202
0,000870442430882
0,000870442430882
 
Total La Paz
0,284067401268381
0,054753998801149
0,028406740126838
0,162835234503191
0,023333333333333
0,186168567836524
0,269329306764510
0,269329306764510
 
TOTAL NACIONAL
1,000000000000000
0,200000000000000
0,100000000000000
0,490000000000000
0,210000000000000
0,700000000000000
1,000000000000000
1,000000000000000

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO D.S. Nº 1537

 

 

MINISTERIO DE AUTONOMIAS

VICEMINISTERIO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

DIRECCION GENERAL DE LÍMITES

BASE DE DATOS PARA LA DETERMINACIÓN DE FACTORES DE DISTRIBUCIÓN

INFORMACIÓN BASE DEL I.N.E.

 

DEPARTAMENTO
CÓDIGO
GOBIERNO MUNICIPAL
POBLACIÓN ESCOLAR (PÚBLICA) 2001
POBLACIÓN TOTAL CENSO 2001
POBLACIÓN TOTAL CENSO 2001 AJUSTADO PARA CÁLCULO DE SALUD Y COPART.
POBLACIÓN POBRE (CNPV 2001 - VALORES ABSOLUTOS)
 
NBS
Umbral
Moderados
Indigentes
Marginales
CONTROL CENSO 2001
-1
0
1
2
3
 
POBLACIÓN RECALCULADA (2001) FINAL
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
LA PAZ
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1224
Achacachi
13.045
70.503
45.921
138
2.016
17.574
24.160
2.033
45.921
71.854
 
24
Huatajata
803
 
2.809
169
962
1.453
225
1
2.809
1.736

 

 
25
Chua Cocani
1.656
 
5.494
24
478
3.270
1.720
2
5.494
6.692
 
 
Total La Paz
555.372
2.350.466
2.350.466
364.488
433.917
843.448
660.412
48.201
2.350.467
1.944.387
TOTAL NACIONAL
 
 
2.028.608
8.274.325
8.274.325
1.375.497
2.059.110
2.836.122
1.784.968
218.628
8.274.326
5.851.004

 

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