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jueves, 5 de agosto de 2021

DECRETO SUPREMO N° 1272 - Se incorpora a la estructura arancelaria nuevas alícuotas de Gravamen Arancelario de treinta por ciento (30%) y cuarenta por ciento (40%).

 DECRETO SUPREMO N° 1272

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que el Parágrafo II del Artículo 47 de la Constitución Política del Estado, señala que las trabajadoras y los trabajadores de pequeñas unidades productivas urbanas o rurales, por cuenta propia, y gremialistas en general, gozarán por parte del Estado de un régimen de protección especial, mediante una política de intercambio comercial equitativo y de precios justos para sus productos, así como la asignación preferente de recursos económicos financieros para incentivar su producción.

 

Que los numerales 4 y 5 del Parágrafo I del Artículo 298 del Texto Constitucional, establecen como competencias privativas del nivel central del Estado el régimen aduanero y el comercio exterior respectivamente.

 

Que el Artículo 26 de la Ley N° 1990, de 28 de julio de 1999, General de Aduanas, determina que salvo lo dispuesto en los Acuerdos o Convenios Internacionales ratificados constitucionalmente, el Poder Ejecutivo, actual Órgano Ejecutivo, mediante Decreto Supremo establecerá la alícuota del gravamen arancelario aplicable a la importación de mercancías y cuando corresponda los derechos de compensación y de los derechos antidumping.

 

Que el Decreto Supremo N° 29349, de 21 de noviembre de 2007, establece la nueva estructura arancelaria con alícuotas de Gravamen Arancelario en cero por ciento (0%), cinco por ciento (5%), diez por ciento (10%), quince por ciento (15%) y veinte por ciento (20%) según lo descrito en el Anexo I que forma parte del citado Decreto Supremo.

 

Que el Decreto Supremo N° 0125, de 13 de mayo de 2009, incorpora a la estructura arancelaria una nueva alícuota de Gravamen Arancelario de treinta y cinco por ciento (35%), y modifica las alícuotas de dicho gravamen.

 

Que mediante Resolución Ministerial N° 593, de 7 de diciembre de 2011, se aprobó el Arancel Aduanero de Importaciones Bolivia - 2012, que incorpora las modificaciones de la V Enmienda del Sistema Armonizado de la Organización Mundial de Aduanas y los cambios de la Nomenclatura Común de Designación y Codificación de Mercancías de los Países Miembros de la Comunidad Andina (NANDINA) conforme a la Decisión 766, de 25 de noviembre de 2011.

 

Que es necesario dar continuidad a las políticas adoptadas con la finalidad de proteger la industria nacional e incentivar el consumo de productos hechos en Bolivia mediante medidas arancelarias.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.-

 

I. Se incorpora a la estructura arancelaria nuevas alícuotas de Gravamen Arancelario de treinta por ciento (30%) y cuarenta por ciento (40%).

 

II. Se modifican las alícuotas del Gravamen Arancelario para las mercancías identificadas a nivel de subpartidas arancelarias estructuradas en base al Arancel Aduanero de Importaciones - Bolivia 2012, según el detalle del Anexo adjunto, que forma parte del presente Decreto Supremo.

 

III. Cuando existan modificaciones a la nomenclatura arancelaria, la nómina de mercancías contenidas en el Anexo del presente Decreto Supremo, será actualizada de forma automática, de acuerdo a dicha modificación.

 

DISPOSICIONES ABROGATORIAS Y DEROGATORIAS

 

DISPOSICIONES ABROGATORIAS.- Se abroga el Decreto Supremo N° 0125, de 13 de mayo de 2009.

 

DISPOSICIONES FINALES

 

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.- El presente Decreto Supremo entrará en vigencia concluido el plazo de veinte (20) días hábiles, computables a partir de su publicación.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas Públicas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de junio del año dos mil doce.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Carlos Gustavo Romero Bonifaz MINISTRO DE GOBIERNO E INTERINO DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Mario Virreira Iporre, Cecilia Luisa Ayllon Quinteros, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, Felipe Quispe Quenta, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres.

 

 

 

 

 

 

ANEXO D.S. Nº 1272

 

 

CODIGO
DESCRIPCIÓN
DE LA MERCANCÍA
GA %
42.02
Baúles, maletas (valijas), maletines, incluidos los de aseo y los portadocumentos, portafolios (carteras de mano), cartapacios, fundas y estuches para gafas (anteojos), binoculares, cámaras fotográficas o cinematográficas, instrumentos musicales o armas y continentes similares; sacos de viaje, sacos (bolsas) aislantes para alimentos y bebidas, bolsas de aseo, mochilas, portamapas, petacas, pitilleras y bolsas para tabaco, bolsas para herramientas y para artículos de deporte, estuches para frascos y botellas, estuches para joyas, polveras, estuches para orfebrería y continentes similares, de cuero natural o regenerado, hojas de plástico, materia textil, fibra vulcanizada o cartón, o recubiertos totalmente o en su mayor parte con esas materias o papel.
 
 
- Baúles, maletas (valijas) y maletines, incluidos los de aseo y los portadocumentos, portafolios (carteras de mano), cartapacios y continentes similares:
 
4202.12
- - Con la superficie exterior de plástico o materia textil:
 
4202.12.10.00
- - - Baúles, maletas (valijas) y maletines, incluidos los de aseo y continentes similares
40
4202.12.90.00
- - - Los demás
40
4202.19.00.00
- - Los demás
40
 
- Bolsos de mano (carteras), incluso con bandolera o sin asas:
 
4202.22.00.00
- - Con la superficie exterior de hojas de plástico o materia textil
40
4202.29.00.00
- - Los demás
40
 
- Artículos de bolsillo o de bolso de mano (cartera):
 
4202.32.00.00
- - Con la superficie exterior de hojas de plástico o materia textil
40
4202.39.00.00
- - Los demás
40
 
- Los demás:
 
4202.92.00.00
- - Con la superficie exterior de hojas de plástico o materia textil
40
4202.99
- - Los demás:
 
4202.99.10.00
- - - Sacos de viaje y mochilas
40
4202.99.90.00
- - - Los demás
40
 
 
 
42.03
Prendas y complementos (accesorios), de vestir, de cuero natural o cuero regenerado.
 
4203.10.00.00
- Prendas de vestir
40

 

4203.30.00.00
- Cintos, cinturones y bandoleras
40
4203.40.00.00
- Los demás complementos (accesorios) de vestir
40
 
 
 
44.18
Obras y piezas de carpintería para construcciones, incluidos los tableros celulares, los tableros ensamblados para revestimiento de suelo y tablillas para cubierta de tejados o fachadas («shingles» y «shakes»), de madera.
 
4418.10.00.00
- Ventanas, puertas vidriera, y sus marcos y contramarcos
30
4418.20.00.00
- Puertas y sus marcos, contramarcos y umbrales
30
 
- Tableros ensamblados para revestimiento de suelo:
 
4418.71.00.00
- - Para suelos en mosaico
30
4418.72.00.00
- - Los demás, multicapas
30
4418.79.00.00
- - Los demás
30
 
 
 
44.20
Marquetería y taracea; cofrecillos y estuches para joyería u orfebrería y manufacturas similares, de madera; estatuillas y demás objetos de adorno, de madera; artículos de mobiliario, de madera, no comprendidos en el Capítulo 94.
 
4420.10.00.00
- Estatuillas y demás objetos de adorno, de madera
30
4420.90.00.00
- Los demás
30
 
 
 
44.21
Las demás manufacturas de madera.
 
4421.90
- Las demás:
 
4421.90.30.00
- - Palitos y cucharitas para dulces y helados
40
4421.90.90.00
- - Las demás
40
 
 
 
61.01
Abrigos, chaquetones, capas, anoraks, cazadoras y artículos similares, de punto, para hombres o niños, excepto los artículos de la partida 61.03.
 
6101.20.00.00
- De algodón
40
6101.30.00.00
- De fibras sintéticas o artificiales
40
6101.90
- De las demás materias textiles:
 
6101.90.10.00
- - De lana o pelo fino
40
6101.90.90.00
- - Las demás
40
 
 
 
61.02
Abrigos, chaquetones, capas, anoraks, cazadoras y artículos similares, de punto, para mujeres o niñas, excepto los artículos de la partida 61.04.
 
6102.10.00.00
- De lana o pelo fino
40
6102.20.00.00
- De algodón
40
6102.30.00.00
- De fibras sintéticas o artificiales
40
6102.90.00.00
- De las demás materias textiles
40
61.03
Trajes (ambos o ternos), conjuntos, chaquetas (sacos), pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y shorts (excepto de baño), de punto, para hombres o niños.
 

 

6103.10
- Trajes (ambos o ternos):
 
6103.10.10.00
- - De lana o pelo fino
40
6103.10.20.00
- - De fibras sintéticas
40
6103.10.90.00
- - De las demás materias textiles
40
 
- Conjuntos:
 
6103.22.00.00
- - De algodón
40
6103.23.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6103.29
- - De las demás materias textiles:
 
6103.29.10.00
- - - De lana o pelo fino
40
6103.29.90.00
- - - Las demás
40
 
- Chaquetas (sacos):
 
6103.31.00.00
- - De lana o pelo fino
40
6103.32.00.00
- - De algodón
40
6103.33.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6103.39.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
- Pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y «shorts»:
 
6103.41.00.00
- - De lana o pelo fino
40
6103.42.00.00
- - De algodón
40
6103.43.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6103.49.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
 
 
61.04
Trajes sastre, conjuntos, chaquetas (sacos), vestidos, faldas, faldas pantalón, pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y «shorts» (excepto de baño), de punto, para mujeres o niñas.
 
 
- Trajes sastre:
 
6104.13.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6104.19
- - De las demás materias textiles:
 
6104.19.10.00
- - - De lana o pelo fino
40
6104.19.20.00
- - - De algodón
40
6104.19.90.00
- - - Las demás
40
 
- Conjuntos:
 
6104.22.00.00
- - De algodón
40
6104.23.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6104.29
- - De las demás materias textiles:
 
6104.29.10.00
- - - De lana o pelo fino
40
6104.29.90.00
- - - Los demás
40
 
- Chaquetas (sacos):
 
6104.31.00.00
- - De lana o pelo fino
40
6104.32.00.00
- - De algodón
40
6104.33.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6104.39.00.00
- - De las demás materias textiles
40

 

 
- Vestidos:
 
6104.41.00.00
- - De lana o pelo fino
40
6104.42.00.00
- - De algodón
40
6104.43.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6104.44.00.00
- - De fibras artificiales
40
6104.49.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
- Faldas y faldas pantalón:
 
6104.51.00.00
- - De lana o pelo fino
40
6104.52.00.00
- - De algodón
40
6104.53.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6104.59.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
- Pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y «shorts»:
 
6104.61.00.00
- - De lana o pelo fino
40
6104.62.00.00
- - De algodón
40
6104.63.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6104.69.00.00
- - De las demás materias textiles
40
61.05
Camisas de punto para hombres o niños.
 
6105.10.00.00
- De algodón
40
6105.20
- De fibras sintéticas o artificiales:
 
6105.20.10.00
- - De fibras acrílicas o modacrílicas
40
6105.20.90.00
- - De las demás fibras sintéticas o artificiales
40
6105.90.00.00
- De las demás materias textiles
40
 
 
 
61.06
Camisas, blusas y blusas camiseras, de punto, para mujeres o niñas.
 
6106.10.00.00
- De algodón
40
6106.20.00.00
- De fibras sintéticas o artificiales
40
6106.90.00.00
- De las demás materias textiles
40
 
 
 
61.07
Calzoncillos (incluidos los largos y los slips), camisones, pijamas, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares, de punto, para hombres o niños.
 
 
- Calzoncillos (incluidos los largos y los slips):
 
6107.11.00.00
- - De algodón
40
6107.12.00.00
- - De fibras sintéticas o artificiales
40
6107.19.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
- Camisones y pijamas:
 
6107.21.00.00
- - De algodón
40
6107.22.00.00
- - De fibras sintéticas o artificiales
40
6107.29.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
- Los demás:
 
6107.91.00.00
- - De algodón
40

 

6107.99
- - De las demás materias textiles:
 
6107.99.10.00
- - - De fibras sintéticas o artificiales
40
6107.99.90.00
- - - Los demás
40
 
 
 
61.08
Combinaciones, enaguas, bragas (bombachas, calzones) (incluso las que no llegan hasta la cintura), camisones, pijamas, saltos de cama, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares, de punto, para mujeres o niñas.
 
 
- Combinaciones y enaguas:
 
6108.11.00.00
- - De fibras sintéticas o artificiales
40
6108.19.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
- Bragas (bombachas, calzones) (incluso las que no llegan hasta la cintura):
 
6108.21.00.00
- - De algodón
40
6108.22.00.00
- - De fibras sintéticas o artificiales
40
6108.29.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
- Camisones y pijamas:
 
6108.31.00.00
- - De algodón
40
6108.32.00.00
- - De fibras sintéticas o artificiales
40
6108.39.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
- Los demás:
 
6108.91.00.00
- - De algodón
40
6108.92.00.00
- - De fibras sintéticas o artificiales
40
6108.99.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
 
 
61.09
T-shirts y camisetas interiores, de punto.
 
6109.10.00.00
- De algodón
40
6109.90
- De las demás materias textiles:
 
6109.90.10.00
- - De fibras acrílicas o modacrílicas
40
6109.90.90.00
- - Las demás
40
 
 
 
61.10
Suéteres (jerseys), «pullovers», cardiganes, chalecos y artículos similares, de punto.
 
 
- De lana o pelo fino:
 
6110.11
- - De lana:
 
6110.11.10.00
- - - Suéteres (jerseys)
40
6110.11.20.00
- - - Chalecos
40
6110.11.30.00
- - - Cardiganes
40
6110.11.90.00
- - - Los demás
40
6110.12.00.00
- - De cabra de Cachemira
40
6110.19
- - Los demás:
 
6110.19.10.00
- - - Suéteres (jerseys)
40
6110.19.20.00
- - - Chalecos
40
6110.19.30.00
- - - Cardiganes
40

 

6110.19.90.00
- - - Los demás
40
6110.20
- De algodón:
 
6110.20.10.00
- - Suéteres (jerseys)
40
6110.20.20.00
- - Chalecos
40
6110.20.30.00
- - Cardiganes
40
6110.20.90.00
- - Los demás
40
6110.30
- De fibras sintéticas o artificiales:
 
6110.30.10.00
- - De fibras acrílicas o modacrílicas
40
6110.30.90.00
- - Las demás
40
6110.90.00.00
- De las demás materias textiles
40
 
 
 
61.11
Prendas y complementos (accesorios), de vestir, de punto, para bebés.
 
6111.20.00.00
- De algodón
40
6111.30.00.00
- De fibras sintéticas
40
6111.90
- De las demás materias textiles:
 
6111.90.10.00
- - De lana o pelo fino
40
6111.90.90.00
- - Los demás
40
 
 
 
61.12
Conjuntos de abrigo para entrenamiento o deporte (chandales), monos (overoles) y conjuntos de esquí y bañadores, de punto.
 
 
- Conjuntos de abrigo para entrenamiento o deporte (chandales):
 
6112.11.00.00
- - De algodón
40
6112.12.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6112.19.00.00
- - De las demás materias textiles
40
6112.20.00.00
- Monos (overoles) y conjuntos de esquí
40
 
- Bañadores para hombres o niños:
 
6112.31.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6112.39.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
- Bañadores para mujeres o niñas:
 
6112.41.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6112.49.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
 
 
6113.00.00.00
Prendas de vestir confeccionadas con tejidos de punto de las partidas 59.03, 59.06 ó 59.07.
40
 
 
 
61.14
Las demás prendas de vestir, de punto.
 
6114.20.00.00
- De algodón
40
6114.30.00.00
- De fibras sintéticas o artificiales
40
6114.90
- De las demás materias textiles:
 
6114.90.10.00
- - De lana o pelo fino
40
6114.90.90.00
- - Los demás
40
 
 
 
61.15
Calzas, panty-medias, leotardos, medias, calcetines y demás artículos de calcetería, incluso de compresión progresiva (por ejemplo, medias para varices), de punto.
 

 

6115.10
- Calzas, panty-medias, leotardos y medias, de compresión progresiva (por ejemplo, medias para varices):
 
6115.10.10.00
- - Medias de compresión progresiva
40
6115.10.90.00
- - Las demás
40
 
- Las demás calzas, panty-medias y leotardos:
 
6115.21.00.00
- - De fibras sintéticas de título inferior a 67 decitex por hilo sencillo
40
6115.22.00.00
- - De fibras sintéticas de título superior o igual a 67 decitex por hilo sencillo
40
6115.29.00.00
- - De las demás materias textiles
40
6115.30
- Las demás medias de mujer, de título inferior a 67 decitex por hilo sencillo:
 
6115.30.10.00
- - De fibras sintéticas
40
6115.30.90.00
- - Las demás
40
 
- Los demás:
 
6115.94.00.00
- - De lana o pelo fino
40
6115.95.00.00
- - De algodón
40
6115.96.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6115.99.00.00
- - De las demás materias textiles
40
61.16
Guantes, mitones y manoplas, de punto.
 
6116.10.00.00
- Impregnados, recubiertos o revestidos con plástico o caucho
40
 
- Los demás:
 
6116.91.00.00
- - De lana o pelo fino
40
6116.92.00.00
- - De algodón
40
6116.93.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6116.99.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
 
 
61.17
Los demás complementos (accesorios) de vestir confeccionados, de punto; partes de prendas o de complementos (accesorios), de vestir, de punto.
 
6117.10.00.00
- Chales, pañuelos de cuello, bufandas, mantillas, velos y artículos similares
40
6117.80
- Los demás complementos (accesorios) de vestir:
 
6117.80.10.00
- - Rodilleras y tobilleras
40
6117.80.20.00
- - Corbatas y lazos similares
40
6117.80.90.00
- - Los demás
40
6117.90
- Partes:
 
6117.90.10.00
- - De fibras sintéticas o artificiales
40
6117.90.90.00
- - Las demás
40
62.01
Abrigos, chaquetones, capas, anoraks, cazadoras y artículos similares, para hombres o niños, excepto los artículos de la partida 62.03.
 

 

 
- Abrigos, impermeables, chaquetones, capas y artículos similares:
 
6201.11.00.00
- - De lana o pelo fino
40
6201.12.00.00
- - De algodón
40
6201.13.00.00
- - De fibras sintéticas o artificiales
40
6201.19.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
- Los demás:
 
6201.91.00.00
- - De lana o pelo fino
40
6201.92.00.00
- - De algodón
40
6201.93.00.00
- - De fibras sintéticas o artificiales
40
6201.99.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
 
 
62.02
Abrigos, chaquetones, capas, anoraks, cazadoras y artículos similares, para mujeres o niñas, excepto los artículos de la partida 62.04.
 
 
- Abrigos, impermeables, chaquetones, capas y artículos similares:
 
6202.11.00.00
- - De lana o pelo fino
40
6202.12.00.00
- - De algodón
40
6202.13.00.00
- - De fibras sintéticas o artificiales
40
6202.19.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
- Los demás:
 
6202.91.00.00
- - De lana o pelo fino
40
6202.92.00.00
- - De algodón
40
6202.93.00.00
- - De fibras sintéticas o artificiales
40
6202.99.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
 
 
62.03
Trajes (ambos o ternos), conjuntos, chaquetas (sacos), pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y «shorts» (excepto de baño), para hombres o niños.
 
 
- Trajes (ambos o ternos):
 
6203.11.00.00
- - De lana o pelo fino
40
6203.12.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6203.19.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
- Conjuntos:
 
6203.22.00.00
- - De algodón
40
6203.23.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6203.29
- - De las demás materias textiles:
 
6203.29.10.00
- - - De lana o pelo fino
40
6203.29.90.00
- - - Los demás
40
 
- Chaquetas (sacos):
 
6203.31.00.00
- - De lana o pelo fino
40
6203.32.00.00
- - De algodón
40
6203.33.00.00
- - De fibras sintéticas
40

 

6203.39.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
- Pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y «shorts»:
 
6203.41.00.00
- - De lana o pelo fino
40
6203.42
- - De algodón:
 
6203.42.10.00
- - - De tejidos llamados «mezclilla o denim»
40
6203.42.20.00
- - - De terciopelo rayado («corduroy»)
40
6203.42.90.00
- - - Los demás
40
6203.43.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6203.49.00.00
- - De las demás materias textiles
40
62.04
Trajes sastre, conjuntos, chaquetas (sacos), vestidos, faldas, faldas pantalón, pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y «shorts» (excepto de baño), para mujeres o niñas.
 
 
- Trajes sastre:
 
6204.11.00.00
- - De lana o pelo fino
40
6204.12.00.00
- - De algodón
40
6204.13.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6204.19.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
- Conjuntos:
 
6204.21.00.00
- - De lana o pelo fino
40
6204.22.00.00
- - De algodón
40
6204.23.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6204.29.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
- Chaquetas (sacos):
 
6204.31.00.00
- - De lana o pelo fino
40
6204.32.00.00
- - De algodón
40
6204.33.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6204.39.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
- Vestidos:
 
6204.41.00.00
- - De lana o pelo fino
40
6204.42.00.00
- - De algodón
40
6204.43.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6204.44.00.00
- - De fibras artificiales
40
6204.49.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
- Faldas y faldas pantalón:
 
6204.51.00.00
- - De lana o pelo fino
40
6204.52.00.00
- - De algodón
40
6204.53.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6204.59.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
- Pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y «shorts»:
 

 

6204.61.00.00
- - De lana o pelo fino
40
6204.62.00.00
- - De algodón
40
6204.63.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6204.69.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
 
 
62.05
Camisas para hombres o niños.
 
6205.20.00.00
- De algodón
40
6205.30.00.00
- De fibras sintéticas o artificiales
40
6205.90
- De las demás materias textiles:
 
6205.90.10.00
- - De lana o pelo fino
40
6205.90.90.00
- - Los demás
40
 
 
 
62.06
Camisas, blusas y blusas camiseras, para mujeres o niñas.
 
6206.10.00.00
- De seda o desperdicios de seda
40
6206.20.00.00
- De lana o pelo fino
40
6206.30.00.00
- De algodón
40
6206.40.00.00
- De fibras sintéticas o artificiales
40
6206.90.00.00
- De las demás materias textiles
40
 
 
 
62.07
Camisetas, calzoncillos (incluidos los largos y los «slips»), camisones, pijamas, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares, para hombres o niños.
 
 
- Calzoncillos (incluidos los largos y los «slips»):
 
6207.11.00.00
- - De algodón
40
6207.19.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
- Camisones y pijamas:
 
6207.21.00.00
- - De algodón
40
6207.22.00.00
- - De fibras sintéticas o artificiales
40
6207.29.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
- Los demás:
 
6207.91.00.00
- - De algodón
40
6207.99
- - De las demás materias textiles:
 
6207.99.10.00
- - - De fibras sintéticas o artificiales
40
6207.99.90.00
- - - Los demás
40
 
 
 
62.08
Camisetas, combinaciones, enaguas, bragas (bombachas, calzones) (incluso las que no llegan hasta la cintura), camisones, pijamas, saltos de cama, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares, para mujeres o niñas.
 
 
- Combinaciones y enaguas:
 
6208.11.00.00
- - De fibras sintéticas o artificiales
40
6208.19.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
- Camisones y pijamas:
 
6208.21.00.00
- - De algodón
40

 

6208.22.00.00
- - De fibras sintéticas o artificiales
40
6208.29.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
- Los demás:
 
6208.91.00.00
- - De algodón
40
6208.92.00.00
- - De fibras sintéticas o artificiales
40
6208.99.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
 
 
62.09
Prendas y complementos (accesorios), de vestir, para bebés.
 
6209.20.00.00
- De algodón
40
6209.30.00.00
- De fibras sintéticas
40
6209.90
- De las demás materias textiles:
 
6209.90.10.00
- - De lana o pelo fino
40
6209.90.90.00
- - Las demás
40
 
 
 
62.10
Prendas de vestir confeccionadas con productos de las partidas 56.02, 56.03, 59.03, 59.06 ó 59.07.
 
6210.10.00.00
- Con productos de las partidas 56.02 ó 56.03
40
6210.20.00.00
- Las demás prendas de vestir del tipo de las citadas en las subpartidas 6201.11a 6201.19
40
6210.30.00.00
- Las demás prendas de vestir del tipo de las citadas en las subpartidas 6202.11 a 6202.19
40
6210.40.00.00
- Las demás prendas de vestir para hombres o niños
40
6210.50.00.00
- Las demás prendas de vestir para mujeres o niñas
40
 
 
 
62.11
Conjuntos de abrigo para entrenamiento o deporte (chandales), monos (overoles) y conjuntos de esquí y bañadores; las demás prendas de vestir.
 
 
- Bañadores:
 
6211.11.00.00
- - Para hombres o niños
40
6211.12.00.00
- - Para mujeres o niñas
40
6211.20.00.00
- Monos (overoles) y conjuntos de esquí
40
 
- Las demás prendas de vestir para hombres o niños:
 
6211.32.00.00
- - De algodón
40
6211.33.00.00
- - De fibras sintéticas o artificiales
40
6211.39
- - De las demás materias textiles:
 
6211.39.10.00
- - - De lana o pelo fino
40
6211.39.90.00
- - - Las demás
40
 
- Las demás prendas de vestir para mujeres o niñas:
 
6211.42.00.00
- - De algodón
40
6211.43.00.00
- - De fibras sintéticas o artificiales
40
6211.49
- - De las demás materias textiles:
 

 

6211.49.10.00
- - - De lana o pelo fino
40
6211.49.90.00
- - - Las demás
40
 
 
 
62.12
Sostenes (corpiños), fajas, corsés, tirantes (tiradores), ligas y artículos similares, y sus partes, incluso de punto.
 
6212.10.00.00
- Sostenes (corpiños)
40
6212.20.00.00
- Fajas y fajas braga (fajas bombacha)
40
6212.30.00.00
- Fajas sostén (fajas corpiño)
40
6212.90.00.00
- Los demás
40
 
 
 
62.13
Pañuelos de bolsillo.
 
6213.20.00.00
- De algodón
40
6213.90
- De las demás materias textiles:
 
6213.90.10.00
- - De seda o desperdicios de seda
40
6213.90.90.00
- - Las demás
40
62.14
Chales, pañuelos de cuello, bufandas, mantillas, velos y artículos similares.
 
6214.10.00.00
- De seda o desperdicios de seda
40
6214.20.00.00
- De lana o pelo fino
40
6214.30.00.00
- De fibras sintéticas
40
6214.40.00.00
- De fibras artificiales
40
6214.90.00.00
- De las demás materias textiles
40
 
 
 
62.15
Corbatas y lazos similares.
 
6215.10.00.00
- De seda o desperdicios de seda
40
6215.20.00.00
- De fibras sintéticas o artificiales
40
6215.90.00.00
- De las demás materias textiles
40
 
 
 
6216.00
Guantes, mitones y manoplas.
 
6216.00.10.00
- Especiales para la protección de trabajadores
40
6216.00.90.00
- Los demás
40
 
 
 
62.17
Los demás complementos (accesorios) de vestir confeccionados; partes de prendas o de complementos (accesorios), de vestir, excepto las de la partida 62.12.
 
6217.10.00.00
- Complementos (accesorios) de vestir
40
6217.90.00.00
- Partes
40
 
 
 
63.01
Mantas.
 
6301.10.00.00
- Mantas eléctricas
40
6301.20
- Mantas de lana o pelo fino (excepto las eléctricas):
 
6301.20.10.00
- - De lana
40
6301.20.20.00
- - De pelo de vicuña
40
6301.20.90.00
- - Las demás
40
6301.30.00.00
- Mantas de algodón (excepto las eléctricas)
40
6301.40.00.00
- Mantas de fibras sintéticas (excepto las eléctricas)
40
6301.90.00.00
- Las demás mantas
40

 

 
 
 
63.02
Ropa de cama, mesa, tocador o cocina.
 
6302.10
- Ropa de cama, de punto:
 
6302.10.10.00
- - De fibras sintéticas o artificiales
40
6302.10.90.00
- - Las demás
40
 
- Las demás ropas de cama, estampadas:
 
6302.21.00.00
- - De algodón
40
6302.22.00.00
- - De fibras sintéticas o artificiales
40
6302.29.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
- Las demás ropas de cama:
 
6302.31.00.00
- - De algodón
40
6302.32.00.00
- - De fibras sintéticas o artificiales
40
6302.39.00.00
- - De las demás materias textiles
40
6302.40
- Ropa de mesa, de punto:
 
6302.40.10.00
- - De fibras sintéticas o artificiales
40
6302.40.90.00
- - Las demás
40
 
- Las demás ropas de mesa:
 
6302.51.00.00
- - De algodón
40
6302.53.00.00
- - De fibras sintéticas o artificiales
40
6302.59
- - De las demás materias textiles:
 
6302.59.10.00
- - - De lino
40
6302.59.90.00
- - - Las demás
40
6302.60.00.00
- Ropa de tocador o cocina, de tejido con bucles del tipo toalla, de algodón
40
 
- Las demás:
 
6302.91.00.00
- - De algodón
40
6302.93.00.00
- - De fibras sintéticas o artificiales
40
6302.99
- - De las demás materias textiles:
 
6302.99.10.00
- - - De lino
40
6302.99.90.00
- - - Las demás
40
 
 
 
63.03
Visillos y cortinas; guardamalletas y rodapiés de cama.
 
 
- De punto:
 
6303.12.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6303.19
- - De las demás materias textiles:
 
6303.19.10.00
- - - De algodón
40
6303.19.90.00
- - - Las demás
40
 
- Los demás:
 
6303.91.00.00
- - De algodón
40
6303.92.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6303.99.00.00
- - De las demás materias textiles
40
 
 
 
63.04
Los demás artículos de tapicería, excepto los de la partida 94.04.
 
 
- Colchas:
 
6304.11.00.00
- - De punto
40

 

6304.19.00.00
- - Las demás
40
 
- Los demás:
 
6304.91.00.00
- - De punto
40
6304.92.00.00
- - De algodón, excepto de punto
40
6304.93.00.00
- - De fibras sintéticas, excepto de punto
40
6304.99.00.00
- - De las demás materias textiles, excepto de punto
40
 
 
 
63.05
Sacos (bolsas) y talegas, para envasar.
 
 
- De materias textiles sintéticas o artificiales:
 
6305.33
- - Los demás, de tiras o formas similares, de polietileno o polipropileno:
 
6305.33.10.00
- - - De polietileno
40
6305.33.20.00
- - - De polipropileno
40
63.06
Toldos de cualquier clase; tiendas (carpas); velas para embarcaciones, deslizadores o vehículos terrestres; artículos de acampar.
 
 
- Toldos de cualquier clase:
 
6306.12.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6306.19
- - De las demás materias textiles:
 
6306.19.10.00
- - - De algodón
40
6306.19.90.00
- - - Las demás
40
 
- Tiendas (carpas):
 
6306.22.00.00
- - De fibras sintéticas
40
6306.29.00.00
- - De las demás materias textiles
40
6306.30.00.00
- Velas
40
6306.40.00.00
- Colchones neumáticos
40
6306.90
- Los demás:
 
6306.90.10.00
- - De algodón
40
6306.90.90.00
- - De las demás materias textiles
40
 
 
 
63.07
Los demás artículos confeccionados, incluidos los patrones para prendas de vestir.
 
6307.10.00.00
- Paños para fregar o lavar (bayetas, paños rejilla), franelas y artículos similares para limpieza
40
6307.20.00.00
- Cinturones y chalecos salvavidas
40
6307.90
- Los demás:
 
6307.90.10.00
- - Patrones de prendas de vestir
40
6307.90.20.00
- - Cinturones de seguridad
40
6307.90.30.00
- - Mascarillas de protección
40
6307.90.90.00
- - Los demás
40
 
 
 
6308.00.00.00
Juegos constituidos por piezas de tejido e hilados, incluso con accesorios, para la confección de alfombras, tapicería, manteles o servilletas bordados o de artículos textiles similares, en envases para la venta al por menor.
40

 

 
 
 
71.17
Bisutería.
 
 
- De metal común, incluso plateado, dorado o platinado:
 
7117.11.00.00
- - Gemelos y pasadores similares
40
7117.19.00.00
- - Las demás
40
7117.90.00.00
- Las demás
40
 
 
 
94.01
Asientos (excepto los de la partida 94.02), incluso los transformables en cama, y sus partes.
 
9401.10.00.00
- Asientos del tipo de los utilizados en aeronaves
40
9401.20.00.00
- Asientos del tipo de los utilizados en vehículos automóviles
40
9401.30.00.00
- Asientos giratorios de altura ajustable
40
9401.40.00.00
- Asientos transformables en cama, excepto el material de acampar o de jardín
40
 
- Asientos de roten (ratán), mimbre, bambú o materias similares:
 
9401.51.00.00
- - De bambú o rotén (ratán)
40
9401.59.00.00
- - Los demás
40
 
- Los demás asientos, con armazón de madera:
 
9401.61.00.00
- - Con relleno
40
9401.69.00.00
- - Los demás
40
 
- Los demás asientos, con armazón de metal:
 
9401.71.00.00
- - Con relleno
40
9401.79.00.00
- - Los demás
40
9401.80.00.00
- Los demás asientos
40
9401.90
- Partes:
 
9401.90.10.00
- - Dispositivos para asientos reclinables
40
9401.90.90.00
- - Las demás
40
 
 
 
94.03
Los demás muebles y sus partes.
 
9403.10.00.00
- Muebles de metal de los tipos utilizados en oficinas
40
9403.20.00.00
- Los demás muebles de metal
40
9403.30.00.00
- Muebles de madera de los tipos utilizados en oficinas
40
9403.40.00.00
- Muebles de madera de los tipos utilizados en cocinas
40
9403.50.00.00
- Muebles de madera de los tipos utilizados en dormitorios
40
9403.60.00.00
- Los demás muebles de madera
40
9403.70.00.00
- Muebles de plástico
40
 
- Muebles de otras materias, incluidos el roten (ratán), mimbre, bambú o materias similares:
 
9403.81.00.00
- - De bambú o rotén (ratán)
40
9403.89.00.00
- - Los demás
40
9403.90.00.00
- Partes
40
 
 
 
94.04
Somieres; artículos de cama y artículos similares (por ejemplo: colchones, cubrepiés, edredones, cojines, pufes, almohadas), bien con muelles (resortes), bien rellenos o guarnecidos interiormente con cualquier materia, incluidos los de caucho o plástico celulares, recubiertos o no.
 

 

9404.10.00.00
- Somieres
40
 
- Colchones:
 
9404.21.00.00
- - De caucho o plástico celulares, recubiertos o no
40
9404.29.00.00
- - De otras materias
40
9404.30.00.00
- Sacos (bolsas) de dormir
40
9404.90.00.00
- Los demás
40
 
 
 

 

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