DECRETO SUPREMO N° 2706
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 25625, de 17 de diciembre de 1999, otorga a la Orquesta Sinfónica Nacional el carácter de institución pública descentralizada, con personalidad jurídica y autonomía de gestión administrativa, bajo la tuición del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.
Que el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 0367, de 25 de noviembre de 2009, establece que la Ministra o Ministro de Culturas tiene bajo su tuición entre otras instituciones descentralizadas a la Orquesta Sinfónica Nacional.
Que el Parágrafo I del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 2644, de 30 de diciembre de 2015, que reglamenta la aplicación de la Ley Nº 769, de 17 de diciembre de 2015, del Presupuesto General del Estado Gestión 2016, en el marco de sus competencias, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo, dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo, la inscripción o incremento de las partidas de gasto 25200 “Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión No Capitalizables” y 46000 “Estudios y Proyectos para Inversión”, con recursos de financiamiento externo de crédito, donación y/o contraparte nacional establecidos en los convenios específicos, no amerita Decreto Supremo. Para las demás fuentes de financiamiento el incremento de estas partidas deberá aprobarse mediante Decreto Supremo.
Que el Artículo 16 del Decreto Supremo Nº 2644, dispone que la definición de las remuneraciones de los consultores individuales de línea, debe estar establecida en función a la escala salarial; para lo cual, las unidades administrativas de cada entidad, elaborarán el cuadro de equivalencia de funciones que será avalado por la Unidad Jurídica y con Visto Bueno (Vo.Bo.) de la Máxima Autoridad Ejecutiva – MAE.
Que la Orquesta Sinfónica Nacional, entidad descentralizada, bajo tuición del Ministerio de Culturas y Turismo, requiere contar con el personal respectivo para la organización de los conciertos sinfónicos programados para la gestión 2016, incrementando para tal efecto la partida de consultorías, siendo necesario aprobar la norma correspondiente.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza a la Orquesta Sinfónica Nacional, entidad descentralizada, bajo tuición del Ministerio de Culturas y Turismo, incrementar la subpartida 25220 “Consultores Individuales de Línea” en Bs149.040.- (CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL CUARENTA 00/100 BOLIVIANOS) a través de un traspaso presupuestario intrainstitucional financiado con fuente 20 “Recursos Específicos” y organismo financiador 230 “Otros Recursos Específicos”, afectando la subpartida 26990 “Otros”, para los conciertos sinfónicos programados en la gestión 2016.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Economía y Finanzas Públicas, y de Culturas y Turismo, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil dieciséis.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Reymi Luis Ferreira Justiniano, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Ana Veronica Ramos Morales MINISTRA DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMÍA PLURAL E INTERINA DE OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA, Félix Cesar Navarro Miranda, Virginia Velasco Condori, José Gonzalo Trigoso Agudo, Ariana Campero Nava, María Alexandra Moreira Lopez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Hugo José Siles Nuñez del Prado, Lenny Tatiana Valdivia Bautista, Marko Marcelo Machicao Bankovic MINISTRO DE CULTURAS Y TURISMO E INTERINO DE EDUCACIÓN, Marianela Paco Duran, Tito Rolando Montaño Rivera.
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