LEY N° 1184
LEY DE 03 DE JUNIO DE 2019
LEY DE 03 DE JUNIO DE 2019
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación, a título oneroso, del lote de terreno signado con el N° 128, con una superficie de 240,48 metros cuadrados (m²), fracción de una superficie total de 49.435,00 metros cuadrados (m²), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, ubicado en la Zona Sarco, Distrito N° 3, Subdistrito N° 2, Manzana N° 112, Predio N° 002, del Municipio de Cochabamba, Provincia Cercado del Departamento de Cochabamba, registrado en las Oficinas de Derechos Reales de la ciudad de Cochabamba, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 3.01.1.02.0074561, cuyas colindancias son: al Norte, con el lote N° 129; al Sur, con los lotes Nos. 126 y 127; al Este, con el lote N° 124; y al Oeste, con la Avenida Antofagasta; a favor de la Señora Juana Muriel Heredia, de conformidad a la Ley Municipal N° 0189/2017, promulgada el 22 de febrero de 2017 por el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil diecinueve.
Fdo. Rubén Medinaceli Ortiz, Víctor Ezequiel Borda Belzu, Omar Paúl Aguilar Condo, Víctor Hugo Zamora Castedo, Sandra Cartagena López, Norman Lazarte Calizaya.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de junio del año dos mil diecinueve.
FDO. EVO MORALES AYMA, Wilma Alanoca Mamani MINISTRA DE CULTURAS Y TURISMO E INTERINA DE LA PRESIDENCIA.
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