Lo que sucedió días atrás es otro hecho lamentable en el sector minero, una movilización con víctimas fatales y gran cantidad de heridos graves y contusos que se movilizaron obedeciendo instrucciones de sus dirigentes, en rechazo a la ley minera que no fue aprobada como plantearon los mineros cooperativistas, discrepando además en la modificación del art. 151, que resulta la causa de la posición intransigente de los "asociados solidarios".
Si bien el documento fue aprobado en la Cámara Baja, no sucederá lo mismo en la Cámara Alta, donde se abrió el congelador para guardar el proyecto de la ley minera, en baja temperatura y en previsión de que no se dañe en ninguna circunstancia.
La decisión oficial dispone además que "deberán consensuarse" entre los representantes de los operadores mineros, el sector privado, los asalariados y las cooperativas, las posibles enmiendas que sean propuestas, lo que no sucedió en lo que atañe expresamente a la corrección que se hizo en el art. 151 que permitía a un solo sector minero realizar ampliación de contratos con empresas privadas nacionales o extranjeras, cuando en realidad esa potestad corresponde al Estado representado por autoridades sectoriales que deben homologar los contratos referidos a la explotación de los recursos naturales, que además son de propiedad de todos los bolivianos.
UNA FALLA
GARRAFAL
Los lamentables sucesos de los días pasados, se originaron en una posición que todavía defienden los cooperativistas mineros, queriendo justificar un derecho que les permitía extender sus contratos a terceras instancias, lo que hubiera puesto en peligro el uso correcto de nuestras riquezas.
Pero el tema más preocupante es que en tres años y más que transcurren en la dificultosa tarea de lograr acuerdos, consensuar criterios y seleccionar entre muchas las mejores sugerencias para fortalecer la ley… nadie se percató del doble sentido de un artículo, que entre más de 200, se mimetizó, aunque debe deducirse que los delegados cooperativistas, sabían perfectamente de la ventaja que buscaban con la vigencia de un párrafo, que sin embargo contradecía abiertamente el sentido de precautelar la riqueza boliviana, para beneficio general y no sólo de utilidad sectorial.
La pregunta es sencilla… ¿A quién se le escapó la responsabilidad de advertir del error existente? Posiblemente no se identifiquen personas, pero lo cierto es que existió irresponsabilidad en el manejo de los documentos y textos que se incluyeron en el anteproyecto de la ley minera.
Para los cooperativistas era un factor favorable a sus intenciones e intereses, pero lógicamente tales aspectos no podían superponerse al mandato de la CPE y su objeto de cuidar la riqueza natural, propiedad de los bolivianos.
Hay algo que aclarar y que no se menciona por alguna razón especial, es el hecho legal que rige en este momento con la Ley 1777 que no ha sido derogada y por lo mismo está vigente, según lo admiten los propios legisladores, inclusive con su especial característica de Código Minero y que en su art. 91 hace referencia expresa al punto que en el anteproyecto de tratamiento actual se consigna como Art. 151, por lo que sería bueno que los legisladores hagan una tarea comparativa analítica, para descubrir que entre el Código y el anteproyecto hay muchas cosas rescatables y otras que merecen ser radicalmente sustituidas.
De aquí adelante pueden haber muchas alternativas, pues según los cooperativistas hay que modificar buena parte del texto de la norma, para permitir cierta flexibilidad en las operaciones del (¿?) sector, aspecto que por supuesto abrirá un amplio debate para que también los otros sectores, el caso de la minería privada, mediana y chica que tienen algunas interesantes propuestas, lo mismo que el sector de los mineros asalariados y los profesionales y expertos en la materia definan líneas para mejorar las condiciones de la minería estatal.
SI SE VUELCA LA
TORTILLA
Todo este proceso aparentemente técnico – administrativo, según algunos observadores tiene también connotaciones socio-políticas, pues para el Gobierno es importante mantener buenas relaciones con el conglomerado de los cooperativistas, cuyo significativo número tendrá mucho efecto en materia electoral, situación que sin embargo puede tener otras connotaciones dadas las alternativas recientes que, según los analistas, han enfriado esas relaciones.
Si fallan los estrategas del partido oficialista y no logran recuperar la confianza de los mineros cooperativistas que además deberán respetar las normas del sistema solidario que exige igualdad, equidad y respeto entre socios, de acuerdo a las normas vigentes en materia cooperativa, situación que recalcaron algunos ministros, posiblemente tengan que pagar también más del uno por ciento de impuesto en función a los reclamos de mineros asalariados y los privados, que demandan de las autoridades del Ministerio de Finanzas, la elaboración de una ley de impuestos mineros, equitativa y de obligatoriedad igualitaria para tos sectores que exploten los recursos no renovables del país.
Si se vuelca la tortilla la proyección de votos puede sufrir una resta sustancial, de ahí que ahora se ha creado una situación de expectativa entre los también llamados "subsectores de la minería", donde hay nuevas expectativas para alcanzar otros objetivos que en el primer proyecto no se contemplaban y que ahora podrían incluirse, debido a la apertura que se dará – inexorablemente – para seguir tratando la aprobación de la ley minera.
De momento salta a la vista la incomodidad que sienten algunas autoridades del sector minero, tanto en el ministerio como en la Comibol, inclusive en áreas próximas a la cuestión productiva minera en las cuales flota un denso ambiente de dudas sobre responsabilidades no cumplidas, errores cometidos y admitidos y la urgencia de buscar soluciones, sin que rueden algunas cabezas.
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