El Estado boliviano suscribirá contratos de asociación con los inversionistas extranjeros para el aprovechamiento de los recursos naturales , sólo si estas empresas garantizan la reinversión de las utilidades económicas en el país.
Esta medida está contemplada en el proyecto de Ley de Promoción de Inversiones propuesto por el Gobierno del presidente Evo Morales, que pretende garantizar la seguridad jurídica al inversor y al Estado.
El parágrafo II del artículo 15 de esta medida planteada a los empresarios bolivianos dispone que los “inversionistas extranjeros que suscriban contratos de asociación para el aprovechamiento de recursos naturales deben cumplir con lo establecido en el artículo 351 de la Constitución”.
La Carta Magna señala que el Estado boliviano podrá firmar dichos contratos con “personas jurídicas, bolivianas o extranjeras, para el aprovechamientos de los recursos naturales, debiendo asegurarse la reinversión de las utilidades económicas en el país”.
Para el Gobierno, el proyecto de ley está sujeto a las disposiciones establecidas en la Constitución.
La ministra de Planificación del Desarrollo, Viviana Caro, explicó que Bolivia necesita una norma que regule las inversiones y, al mismo tiempo, dé un tratamiento especial e incentivos específicos en áreas como la industrialización de recursos naturales, transferencia de tecnología y el desarrollo de las regiones, todo sujeto a la vigente Constitución.
Aunque aclaró que serán los empresarios los que hagan llegar sus observaciones para mejorar la norma, una vez que hagan su análisis.
El propio presidente Evo Morales, cuando entregó a los representantes de la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB) el proyecto, también denominado Ley de Inversiones, pidió a los privados evaluar su contenido, además propongan aportes y observaciones.
Ratificó la decisión de su administración de respetar las inversiones, sin embargo, dijo que está dispuesto a expropiar empresas donde los privados incumplan los acuerdos pactados.
Las 15 expropiaciones de acciones privadas ejecutadas en Bolivia en los últimos seis años arrancaron la incertidumbre en el contexto empresarial.
En Bolivia con las denominadas capitalización y privatización (1994-2005) antes del gobierno de Evo Morales (enero de 2006), se entregaban la administración de los recursos naturales y empresas estratégicas estatales a manos privadas a precios ínfimos, generando pocos réditos para los bolivianos. Con Morales se inició desde mayo de 2006 el proceso de nacionalización de los hidrocarburos, electricidad, empresas estratégicas, mineras, entre otros.
TRABA A INVERSIONES Sobre la obligatoriedad de la reinversión de las utilidades en el país, expertos y políticos tienen puntos de vista distintos. Aunque destacan la decisión de garantizar las inversiones, consideran que ese artículo puede ser una traba.
Según el analista económico Luis Ballivián, si la Constitución establece este extremo (reinversión), obviarlo sería una ilegalidad, pero, por otro lado considera que este tema será una “traba” para los inversionistas.
“Es una traba lo establecido en la Constitución porque afecta la atracción de inversiones, porque los empresarios pensarán dos veces antes de invertir en el país si está obligado a reinvertir sus ganancias. Uno debe tener el derecho libre de invertir donde quiera sus ganancias”, afirmó el economista.
Por su parte el diputado opositor de CN Franz Choque lamentó que se utilice sólo en discurso la apertura y garantías a la seguridad jurídica, pero por el otro lado, sigan existiendo imposiciones que perjudican a Bolivia en la atracción de recursos externos. Sin embargo, reconoció como importante la norma que autoriza al Estado dar incentivos a las inversiones que tendrá una vigencia temporal.
El senador oficialista Félix Bolívar, por su lado, dijo que lo fundamental para el Gobierno y los asambleístas es que están obligados a cumplir lo que establece la Carta Magna, pues lo contrario sería sujeto de cualquier juicio y hasta nulidad.
Consideró que se puede ver la forma de lograr un acuerdo con los empresarios en la reglamentación de la norma, pues el fondo es ofrecer las garantías a las inversiones.
El presidente de los privados, Daniel Sánchez, manifestó que contar con un marco legal de inversiones es “importante” ,sobre el cual deberán regirse las leyes: de hidrocarburos, minería y los códigos tributario y laboral que se proyectan aprobar.
“Es una norma corta, razonable y tiene buena base. Quizá hay que revisar algunos artículos en la redacción del proyecto de ley y hay que profundizar en algunos temas”, señaló.
Apuntes.
Contratos de crédito
El proyecto también contempla que el Estado no avalará ni garantizará contratos de crédito externo o interno suscritos por personas naturales o jurídicas de derecho privado, bolivianas o extranjeras.
Además indica que los tratados referidos a inversiones extranjeras que sean renegociados conforme a la Constitución Política del Estado, deberán adecuarse a las regulaciones establecidas en la presente ley y formalizarse a través de acuerdos marcos de inversión.
Controversias
En caso de solución de controversias por nacionalizaciones, el Estado reconocerá un pago justo y oportuno. Para este pago se descontará deudas tributarias, laborales, sociales y pasivos ambientales y se realizará en el país, en moneda nacional, garantizándose su libre convertibilidad y transferencia al extranjero, señala el artículo 27.
Incentivo a industrialización
El proyecto de Ley de Promoción de Inversiones establece incentivos específicos para las inversiones preferentes, es decir para aquellas que se destinen a la industrialización de recursos naturales y de cambio de la matriz energética.
Para beneficiarse con los incentivos, las inversiones que ya fueron realizadas al amparo de la Ley 1182 y bajo la modalidad de riesgo compartido u otras, deberán migrar a las modalidades de la nueva norma.
El artículo 4 precisa que los incentivos son los beneficios o ventajas fiscales o financieras temporales otorgadas por el Estado, así como las políticas de promoción que incentiven la inversión en el país.
El parágrafo III del artículo 22 señala que las medidas destinadas a incentivar o a beneficiar la inversión tendrán una vigencia que podrá ir de uno a 20 años.
En el parágrafo I de ese mismo artículo se precisa que habrá dos tipos de incentivos: generales y específicos; se otorgarán los generales, previo estudio de identificación de oportunidades y resultados esperados en la economía.
Sobre los específicos, el proyecto añade que el Ministerio de Planificación del Desarrollo realzará el análisis para determinar si un proyecto califica o no como inversión preferente.
Nacionalizadas no podrán ser privatizadas
La medida legal propuesta por el Gobierno también establece que todas las empresas que fueron nacionalizadas durante la actual administración gubernamental de Evo Morales no podrán volver a ser privatizadas en el futuro.
El parágrafo I, artículo 17 de la referida norma señala que los activos, las inversiones y las actividades resultantes de los procesos de nacionalización realizados por el Estado para la recuperación de los recursos naturales y su uso, así como de los sectores estratégicos, no podrán ser privatizados bajo ninguna modalidad.
Desde el 1 de mayo de 2006 hasta diciembre de 2012, el gobierno del presidente Evo Morales nacionalizó tres empresas mineras, una del sector de telecomunicaciones, cinco petroleras y seis de electricidad. La suma de todas las expropiaciones realizadas hasta el momento alcanza a 15.
El anteproyecto de ley también señala que “toda acción de terceros que perjudique el normal desenvolvimiento de las actividades de las inversiones estatales, será pasible a sanción penal y civil, según corresponda”.
La medida sobre el evitar privatizaciones en el futuro, según el analista Luis Ballivián, es importante para mantener la continuidad de las nacionalizaciones, aunque aclaró que toda ley se puede modificar.
“En el futuro si un gobierno quiere hacer las modificaciones, en este caso privatizarlos, aprueba una ley en el Legislativo y se elimina esta medida”, agregó.
En tanto, a las sanciones sobre los terceros que perjudiquen las inversiones es importante, porque a título de protestas se perjudica la producción de una empresa privada.
FISCALIZACIÓN Asimismo, se prevé que el Gobierno ejerza mayor control de fiscalización a las inversiones que ingresen al país, de acuerdo al proyecto de ley de Promoción de Inversiones.
El texto de la propuesta de la medida legal dispone que la inversión extranjera que ingrese al país debe registrarse en el Banco Central de Bolivia (BCB) en formatos específicos que garanticen la captura de información referida a los aportes y modalidades de inversión establecidas.
El ente emisor otorgará un certificado de ingreso de aportes para invertir en el Estado, por lo que será necesario establecer un reglamento, luego de la aprobación de la ley en la Asamblea Legislativa.
La norma añade que los ministerios del sector económico harán el seguimiento periódico a las inversiones que se efectúen en su sector y, en particular, a las inversiones preferentes.
Controversias que surjan serán sometidas a leyes del país
El proyecto de Ley de Inversiones también contempla que la resolución de las controversias que surjan por las inversiones que se realicen en el país estará sometida a la jurisdicción, a las leyes y a las autoridades bolivianas.
“Las inversiones que se realicen con el Estado deberán considerar lo establecido en el parágrafo II del Artículo 320 de la Constitución y la Ley de Conciliación y Arbitraje para inversiones”, señala el Parágrafo II del Artículo 26 del anteproyecto de Ley de Promoción de Inversiones.
“Toda inversión extranjera estará sometida a la jurisdicción, a las leyes y a las autoridades bolivianas, y nadie podrá invocar situación de excepción, ni apelar a reclamaciones diplomáticas para obtener un tratamiento más favorable”, señala la Carta Magna.
La propuesta de la norma indica que antes de que las partes recurran a tribunales arbitrales o jurisdiccionales deberán agotar las instancias de conciliación en Bolivia.
Además las controversias entre el Estado inversionista y el inversionista extranjero se solucionarán en las formas establecidas en los estatutos o en los documentos contractuales en el ámbito de la jurisdicción boliviana.
La disposición transitoria tercera del proyecto de ley también indica que el Ministerio de Justicia y la Procuraduría General del Estado elaborarán el anteproyecto de Ley de Conciliación y Arbitraje para Inversiones.
La medida legal también señala que a partir de la vigencia de la nueva Ley de Promoción de Inversiones, los tratados bilaterales de inversión que Bolivia tiene firmados con 22 países deberán adecuarse a las regulaciones establecidas en esta norma.
En el parágrafo III se añade que a partir de la publicación de la presente ley, todo acuerdo marco de inversión o acuerdo comercial internacional sobre inversiones que suscriba el país, se fundamentará en las disposiciones establecidas en la presente ley.
No hay comentarios:
Publicar un comentario